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lunes, 5 de julio de 2021

Crímenes de odio contra mujeres lesbianas en Venezuela

 


Crímenes de odio contra mujeres lesbianas en Venezuela

Por Quiteria Franco

Un crimen de odio: es todo acto de violencia en el que la hostilidad, el desprecio y el rechazo en perjuicio de un determinado grupo de personas es un factor determinante al momento de su comisión. Es decir que, a diferencia de otros tipos delitos, el crimen de odio se caracteriza por el carácter discriminatorio del móvil, lo que moviliza al victimario es la aversión (el odio, el temor, el rechazo, la repulsión, el asco, etc.) por una o más características de la víctima –sean estas reales o percibidas, que le permiten identificarla como perteneciente a un grupo específico. Entonces, los crímenes de odio son un conjunto de delitos que se cometen en contra de determinadas personas, debido a su pertenencia real o supuesta a un cierto grupo sobre la base de la etnicidad, la religión, la orientación sexual, la identidad y expresión de género y características sexuales, la nacionalidad, las ideas políticas, la edad, la discapacidad, la condición socio­económica, el color de piel, etc.

Los crímenes, delitos e incidentes de odio comprenden un amplio espectro de actos violentos: la amenaza, el acoso, el hostigamiento, la difamación, el insulto, los golpes, la violación, el linchamiento, el asesinato, entre otras modalidades de la vio­lencia que apuntan a vulnerar el derecho a la vida, la integridad física o psíquica, la dignidad, la libertad personal, la relación con la comunidad, la honorabilidad o la propiedad.

En Venezuela, la organización ACCSI ha llevado a cabo unas investigaciones hemerograficas las cuales han recabado las únicas cifras que se conocen sobre crímenes de odio en Venezuela contra personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex. Para el año 2017,  ACCSI público un nuevo informe en el que mencionaba que entre 2009 y 2017 habían ocurrido 109 asesinatos de personas LGBTI. Esa cifra ubicó a Venezuela en el cuarto lugar de los países americanos donde más se asesinan a personas LGBTI. No hay nuevas cifras entre 2017 y 2021, pese a ser una solicitud de Naciones Unidas al Estado venezolano. 

Aunque los crímenes contra las mujeres lesbianas son un número muy bajo en comparación con los que se cometen contra hombres gay y mujeres trans, estos si ocurren. Muchas veces las mujeres se abstienen de denunciar debido a la re victimización de la que son objeto en las sedes de la policía y ante la desprotección legal contra las mujeres debido a su orientación sexual. Tanto así que en la Ley por el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia esta violencia no está considerada como un agravante ni como un tipo de delito. Tampoco se contempla la violencia intragénero, es decir, aquella que ocurre entre mujeres, independientemente de la relación que exista entre ellas. No se contempla que la mujer también sea una agresora.   

Este 2021, ha habido una serie de crímenes de odio contra mujeres lesbianas, algunos nos llegan a través de relatos de amigos o conocidos, otros a través de organizaciones de derechos humanos de todo el país, otros porque lamentablemente, llegan al último nivel de crimen que es el asesinato, o como se le llama en otros países es lesbicidio, es decir, el asesinato de una mujer lesbiana. 

En el estado Lara, una mujer enviudo hace unos años, conoció a una mujer lesbiana con quien comenzó una relación de noviazgo. Sus hijos están en desacuerdo, las personas de su pueblo se han enterado y ella ha pasado a ser objeto de acoso, señalamientos y chismes por parte de la población del lugar al punto que ha expresado deseos de morir, lo cual podría ser indicador de un posible  intento de suicidio debido al rechazo de la población y su familia. 

Estado Bolívar una mujer en un relación con otra mujer fue violada mientras sus compañera permanecía de viaja fuera del Estado. Eso según su violador “para que sepa lo que es un hombre en vez de estar con una lesbiana" Esto es lo que se conoce como violaciones correctivas, las que se hacen con odio debido a la orientación sexual de la mujer lesbiana, con la intención de hacerla cambiar de orientación sexual.  

En el estado Anzoátegui, este mes de junio de 2021, fue asesinada Emilis del Valle Figuera Gil (22) quien mantenía una relación amorosa con una mujer de nombre Luisa. Emilis fue asesinada por Yofrank Reinaldo Leo Hernández de 37 años funcionario policial de @Policia_Sotillo estado Anzoategui. [1] [2]

En el estado Aragua, este primero de julio supimos del asesinato de una pareja de mujeres lesbianas noche del lunes 28 de junio en la población de San Mateo del municipio Bolívar de este estado. Las víctimas respondían a los nombres de Emiliana Andreína Sermeyo Sanabria, de 29 años de edad, y Marielis Elizabeth Herrera Herrera, quienes se dedicaban a la venta de pescado en San Mateo.[3]

No olvidamos el asesinato de Ailin Silva el pasado abril de 2019. Ailin Silva, de 18 años, tuvo quemaduras en 98 % de su cuerpo luego de que la expareja de su prima le rociara gasolina y prendiera candela mientras dormía. El agresor la había amenazado de muerte por Facebook.

Ailin Oriana Silva Solórzano, de 18 años, tuvo quemaduras de primer y segundo grado en 98 % de su cuerpo. Un infarto acabó con el sufrimiento que le ocasionaban las heridas. El martes 16 de abril regresó de una fiesta a las 4:00 a. m. Junto con una amiga se quedó a dormir en un galpón, recuperado por algunos jóvenes, en el sector El Paredón de Catia. Al despertar se iría hasta su casa en Alta Vista.

Mientras Ailin dormía, Ray José Escalona López —expareja de su prima— entró y la roció con gasolina. La muchacha había bebido alcohol y no sintió nada hasta que la candela agarró su cuerpo. “Su amiga se despertó cuando sintió que le echó la gasolina, pero él la amenazó con un cuchillo y ella tuvo que correr. Cuando vio que él se había ido se devolvió para ayudarla porque escuchó los gritos”, contó Eilyn Chona, pareja de la víctima. La familia tomó una captura de pantalla a una amenaza del presunto homicida

El joven de 21 años ya la había amenazado de muerte, la última vez lo escribió en la red social Facebook, en octubre de 2018. Una semana antes del incidente él le pegó con un bate mientras se encontraba en la plaza Sucre con unos amigos. Pero no se esperó que Ailin se defendiera pues le quitó el bate, lo golpeó y le fracturó el brazo. Ella quedó lesionada en las costillas. [4]

Ya son demasiados, estos crímenes no causan la misma conmoción que causa el asesinato de un hombre gay o una mujer trans. Las familias muchas veces prefieren callar estos crímenes por variadas razones, entre ellas el miedo a represalias por parte del victimario, la vergüenza y prefieren ocultar que las mujeres eran lesbianas. Muchas veces es por desconfianza en el sistema judicial, la creencia de que no se lograra justicia y reparación  la familia. 

Es hora de cambiar esta terrible realidad. Las mujeres lesbianas debemos levantar nuestra voz. Es necesario que surja también un movimiento de rechazo a las violencias, las discriminaciones y los crímenes de odio contra las mujeres lesbianas en el país. El apoyo de los movimientos feministas también es necesario. Las mujeres lesbianas somos mujeres y los derechos de las mujeres lesbianas también son derechos humanos.

Las mujeres lesbianas exigimos nuestros derechos sexuales y reproductivos, el derecho a la igualdad y a la no discriminación en todos los aspectos de la sociedad. Derecho a la educación, derecho al trabajo, derecho a la salud, derecho a una vida digna y si, el derecho, aún más básico, el derecho a la vida. El derecho a no vivir con miedo de ser asesinadas por amar y formar familia con otra mujer.

No más lesbicidios. No más crímenes de odio contra las mujeres lesbianas.




lunes, 15 de febrero de 2021

Las parejas lésbicas venezolanas en el mundo celebran el amor



Este 14 de febrero me deleite viendo las imágenes de las mujeres venezolanas y sus parejas que hoy en celebran el día de los enamorados en la libertad que les brindan otros países democráticos. Me alegro inmensamente, no puedo, sin embargo, lamentar que las parejas de mujeres lesbianas en Venezuela no podamos hacer lo mismo en el país.  

Acá les dejo las imágenes y los enlaces a las cuentas en Instagram, la red social que escogieron para publicar su felicidad. Felicidades y duradero amor para todas. 

Kelly Duran y su pareja Alexa






 Marianela González y su pareja Amalia Andrade



 Patricia Velásquez y su pareja Jennifer Kriz




 Kati Fernández y su pareja Marian Castro




 Karen Martello y su pareja Nataly Sieber




 Andreina Álvarez y su pareja Johanna





 Marhú McCormick y Ceci Correia



domingo, 12 de mayo de 2019

La vida después de los 40



En la serie de televisión Friends, Chandler, luego de casado y con casi 40 años decide renunciar a su trabajo luego de darse cuenta que no era feliz con lo que hacía y decide emprender la búsqueda de su verdadera pasión o su vocación. Le toco tomar test de orientación, exámenes de actitud, inteligencia y muchos otros tests para descubrir lo que quería hacer.

De repente se vio tomando un trabajo como pasante en una empresa, era extraño verse entre un grupo de jóvenes aprendiendo todo desde el principio y sintiendo en ocasiones ganas de renunciar.
Lo que le pasó a Chandler, es más común de lo que nos imaginamos. Muchos de nosotros y nosotras decidimos estudiar una carrera guiados por la profesión de nuestros padres, por la carrera que escogen los amigos, por la carrera que de más prestigio o la que genere mayores ingresos, pero rara vez porque es nuestra pasión o nuestra vocación. 

Y hace días me topé con un artículo que hablaba sobre lo inapropiado de preguntar a los niños que quieren ser cuando sean grandes, ya que eso les puede generar ansiedad o inseguridad. Y además, lo inapropiado de definirnos en función de profesiones.
Jamás imagine vivir lo que vivió Chandler, pasados mis cuarenta años me di cuenta que ya no era feliz en el trabajo donde había pasado toda la vida. Pospuse la renuncia durante mucho tiempo, quizás por el temor de no saber qué hacer.

Y me he encontrado con la realidad del mercado laboral, si tienes más de 40 años las opciones de formación para ti son muy limitadas, para no decir que no existen. Cualquier llamado a becas de estudio, becas de trabajo, pasantías, o inclusive  ofertas de empleo especifican que son para menores de 30 años. Pues sí, hasta los 30 somos considerados jóvenes. Luego, ya no somos tan atractivos para muchas cosas.  ¿Es igual en otros países? No, no estoy muy segura que sea así en otros países. O quizás dependa de la profesión. No lo sé.

Entonces parece que la única opción luego de los 30 o 40 y has decidido cambiar de empleo es emprender, es decir, se espera que para esa edad cuentes con capital suficiente como para abandonar tu antiguo empleo y dedicarte a trabajar por tu cuenta, porque el mercado laboral nos veta después de esa edad. 

La situación es aún peor si somos mujeres, pero es tres veces peor si además somos mujeres lesbianas. Si, el techo de cristal es doble para mujeres lesbianas. No me lo contaron, lo viví.  Entonces decidí renunciar y las opciones son el trabajo independiente.

Quizás es hora de que comencemos a cambiar estos parámetros, una persona a los 40 años puede estar experimentando un cambio, ya sea que evaluamos nuestra vida personal o laboral y decidimos cambiar la realidad que nos limita o que no nos hace feliz. Pero no debería ser el final de nuestras oportunidades, porque a esa edad es como tener un nuevo comienzo. 
Los 40 son los nuevos 20 cuando nos re-encontramos con nuestros sueños o nuestra verdadera vocación. Pero nos toca formamarnos y aprender desde cero. Para eso tambien estamos en busca de oportunidades de estudio o de un trabajo donde seamos felices. 

domingo, 20 de mayo de 2018

Maternidad lésbica y la protección de nuestros hijos


El pasado 19 de marzo de 2018, se llevó a cabo el conversatorio sobre la maternidad lésbica en Venezuela. Contamos con la participación de Estiana Colmenares de la organización Voces de Género que trabaja por los derechos del niño, niña y adolescentes y por los derechos de las mujeres. También con un grupo nutrido de mujeres interesadas en informarse sobre el tema. 

La escogencia del tema estuvo motivada por la cantidad de llamadas y correos que recibimos de mujeres lesbianas preocupadas por la seguridad de sus hijos. Les haré un resumen de las dudas y las recomendaciones que podemos compartir para que quienes se encuentren en una situación similar pueda saber cómo proceder, aunque lo recomendable es que se acerquen a unan organización de derechos humanos que pueda brindarles asesoría. En Unión Afirmativa podemos ofrecerles este servicio.

Antes que nada es necesario estar conscientes de la responsabilidad que significa traer al mundo a un ser humano. Un hijo es una responsabilidad para toda la vida, una que debe ser compartida por ambos integrantes de la pareja. Esta recomendación va para todas las personas por igual que tengan planes de procrear.    

Primera situación: Mujeres lesbianas con hijos de relaciones heterosexuales previas.
Duda: ¿Puede el padre de mis hijos despojarme de ellos y/o de la patria potestad por ser lesbiana? ¿Puede la abuela, tía, tío u otro familiar quitarme a mis hijos por ser lesbiana? No.

Todo lo relativo a este respecto está establecido en la Ley orgánica de protección a niños, niñas y adolescentes. En particular, en el Titulo IV referente a las Instituciones familiares. En cuanto a la patria potestad el artículo 347 explica que esta “se entiende por (…) el conjunto de deberes y derechos del padre y la madre en relación con los hijos e hijas que no hayan alcanzado la mayoridad, que tiene por objeto el cuidado, desarrollo y educación integral de los hijos e hijas. Posteriormente, explica su contenido y dice en el art. 348 que  “La Patria Potestad comprende la Responsabilidad de Crianza, la representación y la administración de los bienes de los hijos e hijas sometidos a ella.”[1] La titularidad de la patria potestad de los hijos producto de un matrimonio o unión  hecho la ejercen el padre y la madre y se hace de manera conjunta dentro de dicha relación o fuera de ella; por ejemplo, en caso divorcio o separación.

La privación de la patria potestad está establecida en el artículo 352 y solo puede darse en los siguientes casos:
El padre o la madre o ambos pueden ser privados de la Patria Potestad respecto de sus hijos o hijas cuando:

a) Los maltraten física, mental o moralmente.
b) Los expongan a cualquier situación de riesgo o amenaza a los derechos fundamentales del hijo o hija.
c) Incumplan los deberes inherentes a la Patria Potestad.
d) Traten de corromperlos o prostituirlos o fueren conniventes en su corrupción o prostitución.
e) Abusen de ellos o ellas sexualmente o los expongan a la explotación sexual.
f) Sean dependientes de sustancias alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicas u otras formas graves de fármaco dependencia que pudieren comprometer la salud, la seguridad o la moralidad de los hijos o hijas, aun cuando estos hechos no acarreen sanción penal para su autor o autora.
g) Sean condenados o condenadas por hechos punibles cometidos contra el hijo o hija.
h) Sean declarados entredichos o entredichas.
i) Se nieguen a prestarles la obligación de manutención.
j) Inciten, faciliten o permitan que el hijo o hija ejecute actos que atenten contra su integridad física, mental o moral.
El juez o jueza atenderá a la gravedad, reiteración, arbitrariedad y habitualidad de los hechos.

Adicionalmente, debo agregar que ya en febrero de 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sentó jurisprudencia a este respecto con el caso Atala e Hijas vs el estado de Chile. De manera breve, este caso se refiere a una jueza chilena a quien su ex esposo a demandó al enterarse que ésta mantenía una relación amorosa con otra mujer. La Corte Suprema de  Chile, en 2005, le concedió la custodia al padre de las niñas debido a la orientación sexual de la madre, la jueza Atala. La juez llevó el caso hasta la CIDH y la Corte admite la denuncia en 2008, y en 2010 la Corte concluyó que Chile vulneró los derechos de la jueza Karen Atala al quitarle la tuición de sus tres hijas debido a su orientación sexual.   
    
Segunda situación: Quiero ser madre junto a mi pareja mujer. ¿Puedo realizarme procesos de fertilización asistida en Venezuela? Si, en Venezuela tanto parejas heterosexuales como homosexuales acuden a estos procesos para tener a sus hijos. ¿Cómo es el proceso de registro de mis hijos?

Primero que nada, debes analizar con tu médico cual es el mejor procedimiento para ti. Las posibilidades son muchas y muy variadas. Sin embargo, hasta hora en Venezuela, la dificultad se presenta para la pareja al momento del registro del nuevo integrante de la familia.  
A finales de 2016, el Tribunal Supremo de Justicia publicó la sentencia 1127 o también conocida con el número 357, por ser el número de expediente. El TSJ reconoció el derecho a la identidad de un niño que había sido concebido por una pareja lésbica a través  del método  ROPA (recepción de ovocitos por parte de la pareja). El método más utilizado por parejas de mujeres lesbianas. Por lo tanto, ese es el más recomendado, dado que el reconocimiento legal de la identidad del niño o niña está garantizado, así como la doble maternidad. Ningún registrador debe negarse a realizar este proceso y de hacerlo debes acudir a los tribunales correspondientes.   
Tu médico debe darte por escrito un certificado del procedimiento realizado que especifique los nombres de las mujeres involucradas en el proceso, es decir, la donante del ovulo y la gestante. Con este documento vas al registro y ya, no debería  haber mayor dificultad.  Podrías también tener a mano una copia de la sentencia mencionada. Hasta tanto el TSJ no aclare el alcance de su sentencia, cualquier otro método de fertilización asistida podría presentar dificultad para que ambas madres puedan registrar al niño o niña. Aunque lo que debe prevalecer es el derecho del niño a su identidad. Además la sentencia específica que los niños de familias homoparentales gozan de los mismo derechos de aquellos en parejas heterosexuales.     

Tercera situación: somos una pareja de mujeres u hombres homosexuales. Queremos adoptar, ¿eso es posible en Venezuela? no

Las condiciones y normas que rigen los procesos de adopción se encuentran en la Ley Orgánica de Protección de niños, niñas y adolescentes, Titulo IV, Instituciones familiares sección tercera. Las adopción puede ser conjunta, individual y plena.  
Anteriormente, esta imposibilidad en la adopción conjunta por parte de parejas del mismo sexo no existía, pues no había nada explícito en la legislación. No obstante, en la más reciente modificación de la Ley en 2015, fue incluida en el artículo 411 que los adoptantes sean “una pareja conformada por un hombre y una mujer”. Es decir, se incluyó este requisito que sin duda alguna es discriminatorio hacia las parejas del mismo sexo.

Punto adicional:

Ante la migración masiva y desordenada de venezolanos, es necesario también revisar lo que dice la legislación en cuanto a cómo y a quién es posible otorgar la responsabilidad del cuidado de los hijos en caso de no poder llevarlos. Toda la información se encuentra en la ley. Pero, lo que puedo decirles con toda claridad es que la elaboración y firma de un poder, amplio y/o abierto no tienen ninguna validez legal en esta materia.

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