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viernes, 19 de agosto de 2016

Venezuela: Estado Laico


Estado Laico

Según Wikipedia, la biblioteca popular en línea, el Estado Laico o secular  “se denomina al Estado, y por extensión a una nación o país, independiente de cualquier organización o confesión religiosa o de toda religión y en el cual las autoridades políticas no se adhieren públicamente a ninguna religión determinada ni las creencias religiosas influyen sobre la política nacional.”

Agrega además Wikipedia que “en un sentido estricto la condición de Estado laico supone la nula injerencia de cualquier organización o confesión religiosa en el gobierno del mismo, ya sea, en el poder legislativo, el ejecutivo o el judicial. En un sentido laxo un Estado laico es aquel que es neutral en materia de religión por lo que no ejerce apoyo ni oposición explícita o implícita a ninguna organización o confesión religiosa. Es importante señalar que no todos los Estados que se declaran laicos lo son en la práctica.”

Etimológicamente, laico deriva del griego "laós" que significa “del pueblo” y de "ikos" sufijo que denota la pertenencia a un grupo. En la antigua Grecia la expresión laico se utilizaba en referencia a la población común que se diferenciaba como grupo de la clase gobernante. Recién hacia la edad media, los laicos en el sentido de "fiel no consagrado al ministerio cristiano" dejan de ser una categoría sociológica para pasar a ser categoría religiosa.

Volviendo al termino laicidad, podemos hablar de un marco de relación en el que los ciudadanos tenemos la capacidad de entendernos desde la diversidad pero en igualdad. La laicidad no inhibe el factor religioso, un derecho consagrado en tantas declaraciones universales y en tantos textos constitucionales; no es incompatible con la religión, simplemente no confunde lo secular y lo religioso; no es empujar por un solo camino y esconder otros, es mostrar todos los caminos y poner a disposición del individuo los elementos para que éste opte libremente por lo que prefiera; no es la indiferencia de no tomar partido sino de hacerlo en igualdad de derechos.

La laicidad es garantía de respeto al semejante. Si la democracia es entre otras cosas dignidad humana, autonomía y capacidad de decisión, la laicidad es generar las condiciones para que la gente decida por sí misma en un marco de dignidad.

Características de un Estado Laico

Un Estado laico trata a todos los ciudadanos por igual, tanto a los creyentes de cualquier religión como a los no creyentes. En tal sentido evita la discriminación por cuestiones religiosas pero tampoco favorece a alguna confesión determinada. Por lo general en el Estado laico no existe una "religión de Estado" o equivalente y se mantiene la Separación entre la Iglesia y el Estado. En caso de haber una religión que reciba un trato especial por parte del gobierno, dicha importancia tendría un significado puramente simbólico, que no afectaría a la vida ordinaria de sus ciudadanos ni sus derechos, especialmente en el hecho de no hacer distinciones basadas en la religión de cada individuo.



Tal como se menciona en Wikipedia, hay Estados cuya Constitución establece la laicidad como norma, en la práctica no parecen serlo mucho. Esto requiere de un gran compromiso de los gobernantes. Cabe entonces preguntarnos ¿Es Venezuela un Estado laico? ¿Es un Estado laico en la práctica? Veamos:

ARTICULO 59 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
CAPITULO 3 - DE LOS DERECHOS CIVILES.
ARTICULO 59.

El estado garantizara la libertad de religión y de culto. Toda persona tiene derecho a profesar su fe religiosa y cultos y a manifestar sus creencias en privado o en público. Mediante la enseñanza u otras prácticas, siempre que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres y al orden público. Se garantiza así mismo, la independencia y autonomía de las iglesias y confesiones religiosas, sin más limitaciones que las derivadas de la constitución y de la ley. El padre y la madre tienen derecho a que sus hijos o hijas reciban la educación religiosa, que esté de acuerdo a sus convicciones (Aquí difiero, los niños deberían poder decidir que religión seguir o no seguir ninguna).

Nadie podrá invocar creencias o disciplinas religiosas para eludir al cumplimiento de la ley ni para impedir a otro u otra el ejercicio de sus derechos.

Al menos en el papel, en la Constitución se establece la libertad de culto y la prohibición de negación de derechos por razones religiosas.  

Ahora le dejo la tarea a usted estimado lector: tome un papel y marque cuál de las siguientes características de un Estado laico están en la práctica en nuestro país.  

Un Estado Laico:

Mantiene la Constitución como la norma suprema
No mantiene crucifijos en hospitales, escuelas o edificios gubernamentales
No mantiene imágenes de santos y vírgenes en instituciones públicas   
No observa feriados religiosos de santos, vírgenes u otros (feriados bancarios)
No observa en su calendario festividades religiosas (Semana Santa, navidad, día de reyes, día del niño)
No tiene capellán en las Fuerzas Armadas 
No realiza bautizos de ningún tipo
No se convoca a curas, sacerdotes o pastores para bendecir ningún evento
No financia construcción de iglesias
No financia ni promueve construcción de imágenes o monumentos religiosos en espacios públicos
No mantiene acuerdos con ninguna religión. (Venezuela debe revisar el llamado Concordato entre el Vaticano y el Estado Venezolano firmado el 6 de marzo de 1964 donde se otorgan privilegios económicos a la jerarquía católica y prerrogativas que se niegan a otras religiones).
No financia escuelas religiosas
No establece un juramento para asumir cargos públicos (no se jura sobre la biblia)
Establece el matrimonio civil como el único legítimo
No prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo 
No se reconocen los casamientos religiosos
No penaliza el aborto y por el contrario lo permite y lo incluye en sus políticas públicas 
No penaliza la eutanasia y, por el contrario, la permite e incluye en sus políticas públicas.
La enseñanza de valores debe estar desligada de las religiones
En las escuelas no debe enseñarse ninguna religión en particular, sino mencionar y explicar todas las corrientes religiosas e inclusive explicar que hay opción de no creer en ninguna religión.

Uruguay es un buen ejemplo a seguir en cuanto a Estados laicos tanto en la ley como en la práctica. En Uruguay los presidentes no juran sobre la Biblia desde comienzos del siglo XX, no existen crucifijos en los hospitales públicos ni en las escuelas y liceos públicos, no hay capellanes en las Fuerzas Armadas, no se reconocen los casamientos religiosos, y la influencia de la Iglesia Católica, es mucho menor, por ejemplo, de lo que ocurre en Argentina. El principio de laicidad se llevó a la práctica en diferentes ramas, una de ellas fueron los feriados: “Semana Santa” quedó como “Semana de Turismo”; el “Día de Reyes” pasó a ser “Día de los niños” y “Navidad” a “Día de las familias”.

En México existe el  grupo Católicas por el Derechoa Decidir sobre quienes escribí hace un tiempo aquí mismo en este blog. Y en España existe la organización Europa Laica, pueden visitar su página web. Laicismo.org

En Venezuela la organización Venezuela Diversa inició una Campaña por el Estado Laico en el año 2013, lamentablemente no se mantuvo en el tiempo.

Considero que es hora de que nos unamos con el fin de hacer que en Venezuela llevemos a la práctica lo que establece nuestra constitución.
VENEZUELA ES UN ESTADO LAICO 


ESTADO E IGLESIAS SEPARADOS



Fuentes consultadas:
Estado Laico, Wikipedia. 
Uruguay, ¿país laico? El Espectador.  http://www.espectador.com/cultura/333422/uruguay-pais-laico
Uruguay, ¿es el país más laico de América? El País.  http://internacional.elpais.com/internacional/2013/06/24/actualidad/1372102813_597752.html

viernes, 1 de agosto de 2014

Discriminación en Venezuela

La discriminación se puede definir de muchas maneras, en el  diccionario de la RAE se define la acción de discriminar y se incluye la discriminación positiva que se explica como la protección de carácter extraordinario que se da a un grupo históricamente discriminado, especialmente por razón de sexo, raza, lengua o religión, para lograr su plena integración social.

Según el Comentario General 18 del Comité de Derechos Humanos (ONU) el término “discriminación” (…) debe entenderse referido a toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se basen en determinados motivos como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento o cualquier otra condición social, y que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas.

La lógica latinoamericana sobre la discriminación y todo lo referente a su prevención, y penalización parece estar alineada o por lo menos parece ir por un mismo camino. No sucede así con el razonamiento del estado venezolano, cuando hablo del estado me refiero exclusivamente a las instituciones que lo conforman, particularmente la asamblea que es a la que le corresponde elaborar la leyes que garanticen la protección de los venezolanos contra cualquier tipo de discriminación.       
Me voy a referir a dos ejemplos en particular, antes de ahondar en el caso venezolano. Primeramente, mencionaré el caso de Argentina y luego el caso de México.

En Argentina se creó por medio de Ley 24515 sancionada el 05 de julio de 1995, en Buenos Aires, el instituto INADI, Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo. El objeto principal de este instituto es elaborar políticas nacionales y medidas concretas para combatir la discriminación, la xenofobia y el racismo, impulsando y llevando a cabo acciones a tal fin. Adicionalmente, Según información suministrada por el INADI, además de la conocida ley citada más arriba; la ley 23.592 del año 1.988, estableció en sus tres primeros artículos, una garantía para la persona damnificada en una situación discriminatoria determinada por motivos de raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, o condición social o caracteres físicos.  

En México, por su parte, se creó el Consejo Nacional para Prevenir La Discriminación CONAPRED, que según la información en su página web es “un órgano de Estado creado por la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, aprobada el 29 de abril de 2003, y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de Junio del mismo año”. Adicionalmente, entre otras acciones llevadas a cabo por CONAPRED, este:
“desarrolla acciones para proteger a todos los ciudadanos y las ciudadanas de toda distinción o exclusión basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, que impida o anule el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.”

Para entenderlo mejor, tanto en Argentina como en México, a partir una o dos leyes se creó un único instituto que se ocupa de todos los tipos de discriminación. Eso, a mi manera de ver, es eficiencia, y simplificación de labores y minimización del burocratismo.
En Venezuela por su parte, las cosas se manejan de otra manera que, en mi opinión, es ilógica, lenta, ineficiente y que incrementa la burocracia y el gasto público. Les explico a qué me refiero. 

En Venezuela se ha creado una ley para la protección de niñas, niños y adolescentes (discriminación por edad), también se creó una ley sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia (discriminación por sexo o género),  también se elaboró una ley contra la discriminación racial (discriminación por raza), igualmente existe una ley sobre Refugiados o Refugiadas y Asilados o Asiladas (discriminación por nacionalidad, origen, condición social), muy pronto se discutirá en la Asamblea Nacional un proyecto de ley que protege el derecho a la Dignidad de las Personas con VIH y sus familiares en Venezuela (discriminación por condición de salud); en fin, se agradece la intención de protección a grupos vulnerables. Pero mientras se trabaja en leyes tan particulares quienes son discriminados por otras razones, siguen esperando la creación de una ley que los proteja de la discriminación, tal es el caso de las personas LGBTI (orientación sexual, identidad de género y expresión de género), o discriminación por preferencia política, condición económica, por condición de salud, etc.).

Ahora bien, cada ley contempla la creación de un instituto que se ocupe, de educar, promocionar y coadyuvar en la disminución de la discriminación. Así, ya existe el instituto de la mujer, Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Idena) y el de más reciente creación el instituto contra la discriminación racial (INCODIR), esto es la creación de burocracia y gasto público. ¿No es acaso más eficiente la creación de una única ley y de un único instituto que se ocupe de todo tipo de discriminación? 

En reciente conversación a través de la red social Twitter le comentaba mi preocupación ante esta acción del gobierno, INCODIR, depende del Ministerio del Poder Popular de Interior, Justicia y Paz; la respuesta de quien maneja la cuenta es que al agrupar todos los tipos de discriminación bajo una misma ley y, por ende, bajo un único instituto se invisibilizan algunas o se les da menos atención a otras.  Ese argumento, sinceramente, no resiste ningún análisis razonable. Dentro de un mismo instituto se podría crear divisiones especializadas en cada tipo de discriminación, de tal manera que todas reciban igual atención. 

Si bien es cierto que cada área o grupo vulnerable o minoritario tiene necesidades muy específicas, el agruparlas a todas bajo una misma ley no necesariamente producirá el descuido o desatención de una sobre otras.  Ahora imagínense ustedes el gasto que esto acarrea para el estado, la creación de leyes y leyes, institutos y más institutos, cada una necesita de una sede, una página web,  empleados, recurso económicos, la carga es inmensa. Y no solo hablo de la carga económica que esto implica, que ya de por si es bastante; lo más grave es la burocracia que esto acarrea.

Esa es la lógica del gobierno venezolano. Mientras tanto, las personas trans que siguen siendo asesinadas en las calles de Venezuela no logran ningún tipo de justicia, las que son discriminadas a diario deben seguir esperando por una ley especifica que las proteja.  Las personas homosexuales que siguen siendo objeto de discriminación por su orientación sexual, son acosadas en las escuelas, echadas a la calle de sus hogares, se les niega el derecho al estudio, a un empleo digno entre otras cosas, deben seguir esperando por una ley que las ampare.


Y así podría seguir mencionándoles personas que por una razón u otra son objeto de discriminación. Cuando podríamos estar ya trabajando en la prevención de la discriminación en general.  Ninguna discriminación es más grave que otra, todas son iguales y revisten igual peligrosidad e injusticia. No tiene ningún sentido la creación de leyes para la protección de grupos particulares cuando todos merecemos protección, de eso se trata la equidad, de ser tratados por igual ante la ley. 

jueves, 6 de junio de 2013

Catolicadas

El año pasado, 2012, descubrí por casualidad un grupo religioso católico mexicano. Este grupo se denomina Grupo Católicas por el Derecho a Decidir (GCDD). La descripción de este grupo tal como aparece en su página de Facebook dice lo siguiente:
“Somos un grupo de personas católicas compuesto principalmente por mujeres, aunque cada vez hay más hombres jóvenes colaborando en la difusión de nuestra propuesta. Formamos parte de un movimiento en el que participan católicas y católicos de muchos otros países, particularmente de nuestra región. Pertenecemos a la Red Latinoamericana de Católicas por el Derecho a Decidir (CDD/AL), articulación de organizaciones semejantes a la nuestra, integradas por personas católicas comprometidas con la búsqueda de la justicia social y el cambio de patrones culturales y religiosos presentes en nuestra sociedad que vulneran los derechos humanos de las mujeres”.

Así mismo explican que esta Red tiene presencia en Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, El Salvador, Nicaragua y Paraguay. La Red también incluye un grupo de católicas por el Derecho a Decidir en España, integrada por mujeres católicas y feministas, que se identifican con los planteamientos y actividades de CDD América Latina. Así mismo, colaboramos con Catholics for Choice, organización no gubernamental con sede en Washington que promueve la reflexión y acción política en defensa de los derechos reproductivos de las mujeres y el aborto seguro.

Me resulta curioso que Venezuela, país que se dice ser tan católico, no sea parte de esta red. Imagino las razones, el catolicismo de Venezuela es de papel y apariencia.
Este grupo en particular tal como mencioné antes tiene una página en Facebook, tienen una página web: http://www.catolicasmexico.org/ns/ y una canal en Youtube: http://www.youtube.com/user/CatolicasMexico
Lo interesante de este grupo es precisamente el mensaje que transmiten a través de sus videos. Son videos de corta duración pero densos en contenido. En ellos se muestra a un sacerdote (El padre Beto) y una monja (Sor Juana). Es una campaña cuyo objetivo es tal como lo dicen en su página web: “persigue contribuir al debate público en torno al papel de la Iglesia católica en la sociedad mexicana, específicamente en el contexto de la visita del papa Benedicto XVI y del proceso electoral; evidenciar las incongruencias entre la falta de compromiso de la jerarquía católica en la defensa de derechos humanos fundamentales por un lado, y las enseñanzas del Evangelio y la tradición católica por el otro; y, mostrar las opiniones a favor de los derechos humanos de mujeres y jóvenes de la inmensa mayoría de los creyentes de esta Iglesia”.
Los personajes, a través de diversas situaciones, abordan temas como el aborto y los derechos reproductivos, la pederastia, la discriminación contra las mujeres, el uso de métodos anticonceptivos, la excomunión, la intervención de la iglesia en la política,  la homofobia, la homosexualidad, la violencia sexual y de género y procuran dar consejos para tener una nueva y mejor iglesia católica.
Hoy día ya van por la tercera temporada. La primera y la segunda temporada cada una tiene 12 capítulos, cada video tiene una duración aproximada de entre dos y cinco minutos. Se las recomiendo.

Aquí les dejo una muestra y el resto la encuentran en Youtube. Que la disfruten y sobre todo que la aprovechen.