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lunes, 7 de marzo de 2016

Cinco experiencias exitosas de participación comunitaria

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Este 29.03.2016, las organizaciones Sindicato de Trabajadores del Inces (Sintrainces); Comité de Derechos Humanos de La Guajira; Comité de Derechos Humanos de los Jubilados y Pensionados (El Comité); Organización Regional de Pueblos Indígenas del Amazonas (Orpia) y la Red LGBTI de Venezuela, relataron sus experiencias de lucha en un evento organizado por Provea en el marco de un proyecto realizado gracias al apoyo de la Embajada de Cánada en Venezuela y el Fondo Canadiense de Cooperación Internacional (FCIL) denominado “Sistematización de experiencias exitosas de participación comunitaria”.
El evento significó la culminación de horas de valioso esfuerzo realizado por estas 5 organizaciones, quienes sistematizaron sus experiencias exitosas en el ejercicio del derecho a la libre asociación y reunión, incluyendo sus logros y obstáculos. Estas sistematizaciones contribuirán a la preservación de la memoria histórica de cada una de estas iniciativas y sus beneficiarios directos e indirectos y a la promoción en el conjunto del movimiento popular venezolano, de la importancia de la organización y el ejercicio autónomo de las luchas en defensa de los derechos humanos.
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“Estas sistematizaciones son un orgullo para Provea, porque reflejan la historia de las luchas por los derechos humanos en Venezuela” dijo Rafael Uzcátegui, Coordinador General de Provea, al iniciar la actividad. “Estamos muy agradecidos que nos hayan permitido conocer estas experiencias positivas de lucha”, añadió.
Gregorio Mirabal, Coordinador General de la Organización Regional de Pueblos Indígenas del Amazonas (ORPIA), expuso la experiencia de esta organización en defensa de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas del Amazonas. “Nuestra historia no tiene un protagonista, es la historia de nuestros pueblos organizados por nuestros derechos”, dijo Mirabal, quien relató que la fundación de ORPIA fue una respuesta ante los abusos y abandono del Estado a las comunidades indígenas, y ante la necesidad de construir una organización autónoma de los pueblos originarios del país. “En 1993 nos obligó la situación a sentarnos diecinueve pueblos con idiomas distintos para defender nuestros derechos indígenas”. Mirabal afirmó que los pueblos indígenas siguen amenazados ante el avance de la megaminería y la minería ilegal, a pesar de contar con un marco normativo que garantiza los derechos de estos pueblos. “Quiero aprovechar para alertar que, como antes, hoy nuestra vida esta amenazada en la Amazonia. Alertamos y pedimos apoyo porque con la destrucción de la Amazonia por la minería todos perdemos. La minería es la destrucción”, concluyó.
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Gregorio Mirabal, coordinador general de ORPIA
Olimpia Palmar, periodista e integrante del Comité de Derechos Humanos de La Guajira, habló sobre el trabajo de sistematización de la experiencia de esta organización que ya arribó a su primera década defendiendo los derechos humanos de la población Wayúu y Añú de La Guajira venezolana. Con lágrimas, Palmar,habló de los 19 muertos y más de 40 indígenas heridos en La Guajira desde que se instaló el Distrito Militar N° 01 en diciembre de 2010“A una mujer, Zoe López, el Ejército la mató por llevar un bulto de arroz. El Comité de Derechos Humanos de La Guajira ha denunciado esto en todas las instancias pero ha faltado voluntad política para garantizar nuestros derechos”, denunció.
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Olimpia Palmar, periodista del Comité de Derechos Humanos de La Guajira
Seguidamente, Edgar Silva, Coordinador General y fundador del Comité de Jubilados y Pensionados, organización fundada hace 24 años para defender el derecho a la seguridad social en Venezuela, expuso la sistematización de la experiencia de esta iniciativa de lucha. “Queremos agradecer a muchos que dedicaron parte de su vida a esta lucha y que ya no están. Gracias a ello/as hemos llegado hasta aquí. El Comité de Pensionados y Jubilados comenzó reuniéndose en las plazas, sin espacio, debatiendo, sin estructura jerárquica, hoy los jubilados y pensionados somos visibles gracias a esta lucha que inició hace 24 años.”, expresó.
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Edgar Silva, Coordinador General del Comité de Jubilados y Pensionados
Quiteria Franco miembro de la Red LGBTI, narró en el evento la historia de lucha y trabajo en red de esta iniciativa de defensa de los derechos de la comunidad deLesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersexuales del país. Dijo que uno de los principales logros de la red es la marcha anual por el orgullo LGBTI en Venezuela, destacando que la misma es una movilización para reivindicar los derechos de la comunidad y promover el derecho a la no discriminación, “el trabajo más difícil erradicar los prejuicios y la discriminación contra la comunidad LGBTI”, dijo. Añadió que a pesar de la polarización política que domina el escenario actual, la Red ha sabido priorizar la defensa de derechos comunes para avanzar en la construcción de consensos y respuestas articuladas. “Ha sido muy duro pero en las diferentes etapas hemos tratado de superar nuestras diferencias políticas para trabajar por la comunidad LGBTI”.
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Quiteria Franco, integrante de la Red LGBTI
Finalmente, Carlos Patiño, presidente del Sindicato de Trabajadores del INCES (SintraInces), relató la experiencia de lucha de esta organización defensora de derechos humanos laborales. “Todo empezó en una lucha encadenados frente al INCE de la nueva Granada. Después fue que nos preguntamos ¿qué estamos haciendo aquí?” comentó Patiño. El dirigente sindical contó que SintraInces surgió como una iniciativa para hacer frente a las prácticas anti sindicales del Ejecutivo y las autoridades del INCES, pero también como un instrumento para incorporar a tod@s l@s trabajador@s en defensa de sus conquistas más allá de la polarización, la criminalización y el hostigamiento. “Hay que trascender las etiquetas somos el sindicato de todos los trabajadores del INCES. Nos debemos a ellos. Esta es una lucha por los derechos humanos de tod@s”.
Carlos Patiño, Presidente de SINTRAINCES
Carlos Patiño, Presidente de SINTRAINCES
Provea invita al movimiento popular venezolano a relatar sus propias experiencias de lucha. Sus éxitos, errores, obstáculos, tristezas y alegrías deben ser contadas y conocidas por otr@s, para que también se animen a transitar el largo pero maravilloso camino de defender derechos humanos. Reivindicar las luchas autónomas y despolarizadas y preservar la memoria histórica de los pueblos es un tremendo acto de resistencia ante los abusos y la desmemoria que quieren imponer los violadores de derechos humanos.
Si deseas consultar o descargar las sistematizaciones de experiencias de estas iniciativas de lucha, puedes hacerlo AQUÍ

martes, 26 de agosto de 2014

LGBTI van a la Asamblea Nacional de Venezuela 1


Esta es la primera parte de un mini trabajo de investigación sobre el surgimiento de algunas organizaciones LGBTI en Venezuela, la cantidad de veces que han exigido sus derechos y la AN ha decidido ignorar estas peticiones. Esta vez mencionaré eventos desde el año 1999 y en relación al periodo parlamentario 2005-2010. En la segunda parte menciono específicamente eventos correspondientes al periodo Parlamentario 2011-2016.

Entre los años 1998, 2000 y 2001, las personas homosexuales en Venezuela comienzan a agruparse de manera más o menos formal, hasta su registro legal. Surgen varias Organizaciones No Gubernamentales (ONG), que aún existen y se consideran pioneras. En el año 2000 nacen Alianza Lambda y Unión Afirmativa de Venezuela y la sección venezolana de la Iglesia Comunidad Metropolitana. En 2001 nace Amazonas de Venezuela, primera organización exclusivamente para mujeres. Ese mismo año se crea la primera RED GLBT de Venezuela.  

En el año 1999, durante la Asamblea Nacional Constituyente, se dio un primer intento de incluir en la Constitución un artículo que permitiría algún tipo de protección a las familias conformadas por personas del mismo sexo.  Se trata del famoso artículo 77 de la CRBV y que fue modificado, gracias al “espíritu” del constituyente Alan Brewer Carias quien con estas palabras: “salvo mi voto por considerar que no debió eliminarse, al protegerse el matrimonio, la referencia al ‘hombre y la mujer’ que traía la redacción original, pues ya no parece ser obvio, en el mundo moderno, que los matrimonios sólo deban existir entre hombre y mujer”, se opuso a que el artículo fuese amplio en su reacción.


A principios del año 2003 el Movimiento Gay Revolucionario presenta ante algunos Diputados de la Asamblea Nacional de Venezuela un “Proyecto de ley para las Minorías Sexuales”

El 7 de octubre del año 2003, la Asociación Civil Unión Afirmativa introdujo en el Tribunal Supremo de Justicia, una solicitud de interpretación de los artículos 21, cardinal 1, y 77, en conjunción con los artículos 19, 20 y 22, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.  La demanda solicitaba concretamente lo siguiente:

1. La interpretación del artículo 21, cardinal 1, de la Constitución, en conexión con los artículos 19, 20 y 22 con respecto a si el principio de no discriminación abarca a la no discriminación por orientación sexual.
2.    La interpretación del artículo 77 constitucional para resolver la colisión entre dicho artículo, y el principio de la no discriminación por orientación sexual.
3    Que se defina  el ámbito de aplicación de esa interpretación, específicamente la posibilidad de reconocer jurídicamente las relaciones de pareja entre personas del mismo sexo, y sus consecuentes efectos patrimoniales.

En el año 2005, el TSJ admite la solicitud de interpretación de los artículos 21 y 77, introducida por Unión Afirmativa en el 2003 y respaldada por otras organizaciones como PROVEA Y PLAFAM.  

En el año 2007 se plantea una Reforma Constitucional, dentro de ese marco la Fundación Reflejos de Venezuela fue invitada a ejercer un derecho de palabra en una sesión pública y abierta de la Asamblea Nacional. En esa ocasión, la Fundación Reflejos de Venezuela a través de su presidenta Elena Hernaíz,  presentó una propuesta de modificación de tres artículos, a saber, el número 21, 77 y 89 de la CRBV. Ya sabemos que esa propuesta no fue aprobada en la consulta por Referéndum popular.

Luego de cinco largos años de espera, el 28 de febrero del año 2008, el TSJ a través de la resolución 190 dio sus respuestas a la solicitud de UNAF del año 2003, en las que mencionó lo siguiente: 

 “un individuo no puede ser discriminado en razón de su orientación sexual, cuando tal condición implique colocarlo en un plano de desigualdad respecto de aquellos aspectos en los que, por su condición de ser humano, es igual frente al resto de los individuos de la colectividad”.
Y además…
 “La Sala quiere destacar que la norma constitucional no prohíbe ni condena las uniones de hecho entre personas del mismo sexo, que encuentran cobertura constitucional en el derecho fundamental al libre desenvolvimiento de la personalidad; simplemente no les otorga protección reforzada, lo cual no constituye un acto discriminatorio en razón de la orientación sexual de la persona, como se explicó”.

Esta sentencia así mismo expresa que es a la Asamblea Nacional la que le corresponde legislar y otorgarle protección  las familias conformadas por personas del mismo sexo.  Esto otorga nuevas razones a las personas LGBTI en Venezuela para demandar su derecho.

30 de abril 2008, Yonatan Matheus Director General de Venezuela Diversa A.C remitió una comunicación para solicitar un Decreto de Día Nacional Contra la Homofobia y Tansfobia en Venezuela. La solicitud estaba dirigida a los ciudadanos: Hugo Chávez Frías Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Ramón Carrizales Vice-Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Cilia Flores Presidenta de la Asamblea Nacional, Jesús Mantilla Olivero Ministro del Poder Popular para la Salud, Gabriela Ramírez Pérez Defensora del Pueblo, Luisa Ortega Díaz Fiscal General de la República.

Posteriormente entre los años 2008 y 2009, varias organizaciones LGBTI, como Unión Afirmativa, Fundación Reflejos de Venezuela, Grupo de diversidad sexual de la Universidad Simón Bolívar (DSx USB) y Divas de Venezuela, participaron en la discusión de un proyecto de ley Orgánica de identidad y equidad de género.  Esa ley contemplaba la inclusión del siguiente artículo:

“Toda persona tiene el derecho a ejercer la Orientación e Identidad Sexual de su preferencia, de forma libre y sin discriminación alguna, En consecuencia, el Estado reconocerá las asociaciones de convivencia constituidas entre dos personas del mismo sexo, por el mutuo acuerdo y el libre consentimiento, con plenos efectos jurídicos y patrimoniales.
Quien en ejercicio de la libertad a que se refiere el presente artículo cambiare de género por causas quirúrgicas o de otra índole tiene derecho al reconocimiento de su identidad y la expedición o modificación de los documentos asociados a la identificación. Así mismo, el estado garantizará los medios médicos asistenciales que sean necesarios para su cabal inserción y reconocimiento social en condiciones de igualdad.”

Esta propuesta de artículo fue presentada por la Diputada Romelia Matute, integrante de la Comisión Permanente de Familia, Mujer y Juventud de la AN. No obstante, la propuesta fue derrumbada por la Diputada (evangélica) Marelis Pérez, presidenta de la misma comisión.  La ley se discutió y aprobó en primera discusión, pero luego el articulo desapareció y en su lugar se propuso el siguiente: “El derecho a toda persona a vivir una sexualidad placentera, responsable y libremente decidida y la capacidad de ejercer la orientación sexual e identidad sin discriminación y en condiciones de igualdad”. No se logró consenso y la ley fue engavetada en el año 2009.  

El día 13 de agosto de 2009 se da una marcha hasta la AN para exigir el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI.  

Con estos acontecimientos se llega a las elecciones parlamentarias del año 2010. 
El balance parlamentario arrojó las siguientes medidas positivas:

Nueva definición de familias

Artículo 3.- LEY PARA PROTECCIÓN DE LAS FAMILIAS, LA MATERNIDAD Y LA PATERNIDAD (2007)

Cambio de nombre propio Artículo 146. De la Rectificación, Inserciones, Notas Marginales, Reconstrucción de Actas y Certificaciones. LEY DE REGISTRO NACIONAL (2009).

Mención de no discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género.   Finalidad. Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 4. LEY DEL PODER POPULAR (2010).

Mención de no discriminación por identidad y expresión de género. Articulo 173 LEY INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (2010).

Cabe destacar que ninguna persona trans ha podido realizar su cambio de nombre.

Lee la segunda parte aquí