Mostrando entradas con la etiqueta ONU. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta ONU. Mostrar todas las entradas

sábado, 27 de enero de 2018

¿Qué son los grupos asesores de la sociedad civil de ONU Mujeres?


Este lunes 22 de enero de 2018, la oficina regional de ONU Mujeres para latino américa y el caribe  dio a conocer el grupo de cuatro mujeres que formaremos parte el Grupo Asesor de esta institución. Resulté electa en ese grupo. Por tal razón, les comparto aquí parte del documento de ONU Mujeres en el que se explica claramente qué son y en qué consisten los grupos asesores.

A menara de agradecimiento y aclaratoria he escrito en mis redes sociales lo siguiente:    
“Muchas gracias a todas y todos quienes me han escrito o llamado para felicitarme por mi elección como integrante del grupo asesor de la sociedad civil para ONU Mujeres. Para aclarar algunas dudas, no me voy de Venezuela. El cargo es a título personal y ad honorem, es decir, no represento a nadie y no percibo ingresos. Sigo siendo profesora universitaria y sigo viviendo con sueldo de profesora universitaria en Bolívares. Ya saben lo que eso significa. Sigo siendo defensora de derechos humanos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex. Mi labor es la de reflejar las necesidades de una población vulnerada en sus derechos y proponer mecanismos para remediar dicha realidad. Sus aportes serán bienvenidos. Gracias.”    

Los Grupos Asesores de la Sociedad Civil de ONU Mujeres (GASCs) son cuerpos asesores establecidos a nivel global, regional y nacional a fin de facilitar consultas efectivas, continuas y estructuradas entre la sociedad civil y ONU Mujeres. Tal como establece la Estrategia Preliminar de ONU Mujeres para los Grupos Asesores de la Sociedad Civil (desarrollada en noviembre 2015)[1], los mismos constituyen un mecanismo institucional para el diálogo regular entre ONU Mujeres y líderes del movimiento de mujeres y feminista sobre las prioridades y temas clave en materia de igualdad de género a nivel nacional, regional y global. Actúan para informar a ONU Mujeres sobre perspectivas políticas estratégicas y procesos normativos e intergubernamentales.
Asimismo, son una red estratégica y sustantiva de personas de la sociedad civil eminentemente calificadas y con experiencia y conocimientos diversos acerca de las áreas prioritarias de ONU Mujeres. Los CSAGs tienen un rol doble y complementario - como órgano asesor de ONU Mujeres y como plataforma de advocacy para adelantar la agenda de igualdad de género.
En su rol de asesoría, los GASC son un recurso dinámico para ONU Mujeres, de iniciativas innovadoras, ideas, estrategias y perspectivas de políticas. En su rol de abogacía, los GASC juegan un rol político vi tal avanzando los objetivos compartidos de promover los derechos de las mujeres, la igualdad de género y el empoderamiento de las mismas.

II. Objetivos

Asesorar y abogar por el desarrollo de políticas y programas a nivel regional, sub-regional y nacional con la experiencia, perspectivas y conocimientos de la sociedad civil y promover alianzas sostenibles entre ONU Mujeres y la sociedad civil para avanzar en la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.
Incidir y participar de los procesos y plataformas intergubernamentales. El rol de ONU Mujeres es facilitar espacios de diálogo en estos ámbitos intergubernamentales y entre los CSAGs y otras partes interesadas, como los gobiernos y el sector privado.
Contribuir con la efectiva implementación, seguimiento y monitoreo de la Agenda de Desarrollo 2030[2]. Actuar como socios de primera línea de ONU Mujeres y crear una red de solidaridad de la sociedad civil para coordinar esfuerzos con ONU Mujeres a los fines de acelerar la acción y advocacy para el logro de la igualdad de género en 2030.

III. Mandato

La Asamblea General de las Naciones Unidas, al crear la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU Mujeres) solicitó que la misma continúe la práctica existente de realizar consultas efectivas con las organizaciones de la sociedad civil, y alentó a que éstas aporten una contribución significativa a la labor de la Entidad. (RES. A/64/289).
En su Visión y Plan de Acción, la Directora Ejecutiva dijo: “En reconocimiento de esta relación especial que concibo entre ONU Mujeres y las organizaciones de mujeres, nombraré un Grupo Asesor de ONGs para que me dé consejos en mi calidad de Directora Ejecutiva de ONU Mujeres. Este será un cuerpo a través del cual las ONG puedan expresar sus perspectivas, experiencias y conocimientos desde el nivel nacional y canalizar la colaboración existente” (Michelle Bachelet, 2011).
El Plan Estratégico de ONU Mujeres 2013-2017 y el Marco de gestión de resultados (Rendimiento1.2, Meta para 2013) establece que “Existen grupos asesores mundiales, regionales y en los países que dan información continua sobre los programas de ONU Mujeres.”

IV. Rol

a) Rol de Asesoría:
Brindar asesoría estratégica a ONU Mujeres, de manera individual o colectiva, –y a otras instancias cuando sea apropiado-en sus prioridades temáticas y políticas, incluyendo el proceso de planificación estratégica.
Proporcionar información y orientación sobre la evolución y tendencias políticas, económicas, sociales y culturales para la programación de ONU Mujeres a nivel nacional/regional (screening político).
Proporcionar análisis del entorno socioeconómico y político a nivel nacional y regional y su impacto sobre la igualdad de género y los derechos humanos de las mujeres.
Proporcionar aportes a los programas y políticas de ONU Mujeres, incluyendo el Plan Estratégico Regional.
Brindar orientación y aportes a las estrategias regionales de promoción de la igualdad de género y empoderamiento de las mujeres.

b) Rol de advocacy:

Brindar asistencia a ONU Mujeres en el fortalecimiento de su relación y diálogo con la sociedad civil en todos los niveles.
Participar e incidir en los procesos normativos y plataformas intergubernamentales como la  CSW, la Conferencia Regional de la Mujer, entre otros.
Crear una red de solidaridad de la sociedad civil para coordinar esfuerzos con ONU Mujeres a los fines de acelerar la acción y advocacy para el logro de la igualdad de género en 2030.
Contribuir con la efectiva implementación, seguimiento y monitoreo de la Agenda de Desarrollo 2030.

V. Antecedentes

El Grupo Asesor de la Sociedad Civil para América Latina y El Caribe (CSAG-LAC, por sus siglas en inglés) se conformó en mayo de 2012 y fue resultado de un proceso riguroso de selección y muy concurrido al cual se postularon casi 120 mujeres y hombres de gran trayectoria y prestigio. La selección final estuvo a cargo de las propia pares de la sociedad civil. Se seleccionaron quince integrantes y tres observadoras permanentes, además de cuatro postulantes alternas (una por subregión). Con el fin de garantizar la continuidad de la labor del Grupo Asesor, una proporción de sus miembros desempeñan sus funciones por un período de tres años. En consecuencia, en el año 2014 se renovó la mitad del grupo entrando siete nuevas integrantes. En el primer semestre de 2016 se renovó nuevamente la membresía, saliendo las ocho integrantes del grupo original y 4 nuevas integrantes fueron seleccionadas mediante convocatoria pública. A partir de 2016 el grupo estuvo integrado por 11 miembros en total.

Para el periodo 2018-2020, se han elegido 4 integrantes - 2 de países andinos, 1 de región centroamericana/México y 1 de Caribe anglo - para mantener el equilibrio geográfico.

Actualmente el Grupo Asesor cuenta con una amplísima representación, tanto de organizaciones y ámbitos de actuación, como geográfica. Las asesoras representan a las cuatro subregiones: México y América Central, El Caribe, los países andinos y Brasil y El Cono Sur. Cuentan con probada experiencia en las aéreas de igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres. Entre ellas hay defensoras de los derechos de la mujer, académicas especializadas en género y avaladas por instituciones de reconocido prestigio, lideresas indígenas, abanderadas de los derechos de las mujeres afro descendientes y notorias activistas en la defensa de los derechos políticos, económicos y reproductivos de las mujeres de Latinoamérica y el Caribe[3].

El Grupo Asesor se reúne presencialmente una vez por año y virtualmente cada dos meses sosteniendo reuniones virtuales regulares con la Directora Regional. La primera reunión presencial del CSAG-LAC tuvo lugar en octubre 2012 en Panamá con el objetivo de generar recomendaciones concretas para el trabajo de ONU Mujeres de cara al Plan Estratégico 2014-2017. La segunda reunión tuvo lugar en octubre de 2013 en Santo Domingo, República Dominicana, en la antesala de la XII Conferencia Regional de las Mujeres de América Latina y el Caribe de la CEPAL (centrada en la igualdad de género, el empoderamiento de las mujeres y las tecnologías de la información y las comunicaciones) y el Foro de Organizaciones Feminista (espacio para debatir, elaborar y hacer l legar las voces de las mujeres al pleno de la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe). La tercera reunión presencial se llevó a cabo en octubre de 2014 en Panamá y tuvo como objetivo central elaborar el Plan de Trabajo del año 2015, así como plantear la evaluación del grupo y los términos futuros de acción. La cuarta reunión presencial se llevó a cabo en enero de 2016 en Santiago de Chile en la antesala a la consulta regional previa a la CSW60 de 2016 a ser organizada por CEPAL y ONU Mujeres conjuntamente. La quinta Reunión presencial se llevó a cabo en la antesala de la XIII Conferencia Regional de las Mujeres de América Latina y el Caribe de la CEPAL en Uruguay (25 al 28 de octubre de 2016). La sexta Reunión presencial se llevó a cabo en febrero de 2017 en Panamá en la antesala a la consulta regional previa a la CSW61 de 2017. La séptima Reunión presencial se llevará a cabo en febrero de 2018 en República Dominicana en la antesala a la consulta regional previa a la CSW62 de 2018.

VI. Composición

El Grupo Asesor de la Sociedad Civil de ONU Mujeres para América Latina y el Caribe estará compuesto por once (11) integrantes con reconocida trayectoria en el terreno y experiencia probada en áreas relacionadas con la igualdad de género, los derechos humanos de las mujeres y el empoderamiento de las mismas. Serán provenientes de redes de igualdad de género, organizaciones de mujeres y feministas, así como de otras organizaciones no gubernamentales y de base con trabajo en juventud, grupos étnicos, afro-descendientes, sexualidades, derechos humanos de las mujeres, diversidad sexual y distintas identidades de género, entre otros temas, comprometidas/os con los valores de las Naciones Unidas.

En todos los casos las/os integrantes deberán contar con reconocimiento y capacidades en el activismo (fuertes conexiones con las redes y organizaciones de mujeres a nivel nacional, regional o global), credibilidad, capacidad analítica, manejo de las nuevas tecnologías, trayectoria profesional y entendimiento comprobado de las necesidades e intereses de las mujeres y los grupos de mujeres.

La composición será la siguiente:
8 integrantes de redes de igualdad de género, organizaciones de mujeres y feministas (intermedias o de base). El equilibrio geográfico estará asegurado por al menos dos integrantes de cada una de las sub-regiones de América Latina y el Caribe: 1) El Caribe (anglo y francés); 2) México y Centroamérica; 3) Brasil y El Cono Sur y 4) Países Andinos.
3 expertas/os en alguna de las áreas de impacto y sub-áreas prioritarias de ONU Mujeres en la región (empoderamiento económico de las mujeres, liderazgo y participación política, prevención y eliminación de la violencia contra las mujeres y niñas, paz y seguridad, estadísticas y presupuestos género sensibles), que serán no exclusivamente académicas/os, sino también personas que estén avaladas por institutos de investigación u organizaciones feministas o de derechos humanos (incluido el trabajo en asuntos legales) y otras organizaciones que muestren una probada experiencia. La composición del Grupo debe asegurar la representación de la diversidad de las mujeres de la región e incluir a organizaciones y redes de mujeres y feministas, organizaciones de la sociedad civil, el sector académico y líderes de opinión seleccionados. El Grupo incluirá a integrantes con experiencia a nivel de bases que representen diversas perspectivas de desarrollo.

La membresía en el GASC no constituye un trabajo remunerado, es ad honorem.

VII. Duración del mandato

Las/os integrantes del Grupo servirán en el Grupo Asesor a título personal por un período de dos años. El grupo se renovará de manera parcial por tercios.

Para asegurar continuidad, una proporción de las/os integrantes del grupo podrán servir por un periodo máximo de tres años en total, según decisión del propio Comité.

Puedes leer también:




[1] Elaborada tras los resultados obtenidos de una Encuesta Global sobre los CSAGs lanzada en abril de 2015 y del Dialogo Global de la Sociedad Civil con ONU Mujeres celebrado el 12 y 13 de noviembre de 2015 en Nueva York en donde se intercambiaron experiencias acerca del funcionamiento de los Grupos Asesores en sus tres niveles de actuación: global, regional y nacional.
[2] Fue adoptada por los líderes del mundo en la Cumbre Mundial Sobre Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas (25 y 26 de septiembre de 2015, NY) tras un proceso de tres años de negociaciones intensivas y de diálogo, que congregó no sólo a gobiernos y a la sociedad civil sino también a millones de personas de todo el mundo. Los Estados miembros acordaron por unanimidad lo que el Secretario General de la ONU describió como “la agenda de desarrollo más inclusiva que el mundo jamás haya visto”. La Agenda 2030 abarca las tres dimensiones de la sostenibilidad: económica, social y medio ambiental. Está constituida por 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que s e basarán en los progresos alcanzados a través de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). La Agenda coloca en su centro a las personas y el planeta y proporciona a la comunidad internacional el ímpetu que necesita para trabajar unida a fin de abordar los enormes desafíos que enfrenta la humanidad, incluyendo la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.
[3] Para conocer a sus integrantes y sus resultados de actuación consultar los siguientes Links: Link 1, Link 2, Link 3, Link 4 y Link 5.  

domingo, 10 de diciembre de 2017

Recomendaciones de la ONU para el respeto y la integración


En el mes de octubre se dio a conocer un documento contentivo de  cinco normas de conducta  para las empresas de todo el mundo sobre cómo tratar a empleados, proveedores y clientes LGBTI, el colectivo formado por personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersex publicado por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas y presentadas por el propio Comisionado Zeid Ra'ad Al Hussein.
Estándares de conducta empresarial contra la discriminación a personas LGBTI. (2017)
1. Respeto a los derechos humanos
Las empresas deben desarrollar políticas, ejercer la debida diligencia y remediar los impactos adversos para garantizar que respeten los derechos humanos de las personas LGBTI. Las empresas también deben establecer mecanismos para monitorear y comunicar su cumplimiento de las normas de derechos humanos.
2. Eliminar la discriminación
Las empresas deben asegurarse de que no haya discriminación en su contratación, empleo, condiciones laborales, beneficios, respeto a la privacidad o tratamiento del acoso.
3. Dar apoyo
Las empresas deben proporcionar un ambiente positivo y afirmativo para que los empleados LGBTI puedan trabajar con dignidad y sin estigma.
4. Prevenir otras violaciones de DDHH
Las empresas no deben discriminar a los proveedores, distribuidores o clientes LGBTI, y deben usar su influencia para evitar la discriminación y los abusos relacionados.
5. Actuar en la esfera pública
Se alienta a las empresas a contribuir a detener los abusos contra los derechos humanos en los países en los que operan. Al hacerlo, deberían consultar con las comunidades locales para identificar los pasos que podrían tomar, incluida la defensa pública, la acción colectiva, el diálogo social, el apoyo a las organizaciones LGBTI y desafiar las acciones abusivas del gobierno.
Ante estas recomendaciones algunas personas me han preguntado ¿son realmente necesarias estas medidas? Mi respuesta es sí, sin lugar a dudas. 
Para muchos puede ser inconcebible la subjetividad con la que se puede decidir a quién contratar en las empresas e inclusive descartar a alguien con un excelente currículo debido a una característica contraria a quien al final toma la decisión. 
Y muchos dirán, si bueno, pero eso también sucede a personas heterosexuales. Cierto, eso no lo hace aceptable. También sucede a mujeres, quienes muchas veces son rechazadas de un trabajo debido al temor de los empleadores a que éstas salgan embarazadas, o que falten por dolores menstruales. Esto tampoco es aceptable y, definitivamente, no debería suceder.
En el caso de las personas homosexuales la discriminación en el ambiente laboral puede verse agravado por sus características particulares y, precisamente, por ser un grupo vulnerable los países han de promover acciones afirmativas para subsanar esas desigualdades. En vista de que muchos países no lo hacen, Naciones Unidas ha emprendido esta cruzada para proteger y prevenir situaciones de desigualdad y discriminación a las personas lesbianas, gays, bisexuales y trans. Estás medidas deberían ser adoptadas por todos los países miembros de Naciones Unidas.
¿Cómo han respondido las empresas privadas a estas medidas? Parte de la buena noticia es que estas normas no son una imposición de Naciones Unidas sino que han sido elaboradas con el apoyo del Instituto de Derechos Humanos y Empresas (IHRB) y estos se basan en los Principios Rectores de Empresas y Derechos Humanos y en el Pacto Mundial de las Naciones Unidas. Son, en esencia, una respuesta a las dudas de empresarios sobre cómo superar la discriminación hacia las personas LGBTI en las empresas.
Por su parte, el índice de igualdad corporativa de Human Rights Campaign, que desde 2002, se usa para medir anualmente la equidad hacia las personas LGBTI, este año ha calificado a las 10 empresas más comprometidas con la inclusión de personas LGBTI, estas son:  Accenture, Baker McKenzie, Google, IBM, grupo Ikea, Microsoft, PayPal,  Simmons & Simmons LLP, Coca-Cola, y Gap Inc.
Vale la pena aclarar que la ausencia de legislación en algunos países que proteja y reconozca los derechos de las personas LGBTI, son un desafío para las empresas que se comprometen a respetar  y apoyar los derechos humanos. No obstante, esto no debe utilizarse como una excusa para no actuar.
En Venezuela, algunas empresas transnacionales ya han comenzado a elaborar sus políticas internas de inclusión a personas LGBTI. Igualmente, lo han comenzado a hacer algunas organizaciones de derechos humanos a incluir en sus nominas a personas LGBTI. Tal es el caso de Amnistía Internacional, la cual mantiene una política de inclusión y no discriminación no solo en sus campañas sino también en sus políticas de contratación y normas de conducta interna, así como un protocolo contra el acoso sexual.
Ya en 2013, el Banco Mundial en su informe “la inclusión si importa” resaltó los beneficios para las empresas, la sociedad y el progreso económico mundial la incorporación de grupos minoritarios e históricamente excluidos como las mujeres, migrantes, indígenas y personas LGBTI.
La invitación es a los empresarios venezolanos a ser parte del progreso; a crecer y avanzar de la mano de la inclusión total y real en sus empresas. 
Escrito para Amnistía Venezuela

Agresión a lesbianas también es violencia de género


Al no ser algo que comúnmente reflejado en los medios de comunicación, es necesario visibilizar la violencia de la que son objeto las mujeres lesbianas, bisexuales y trans como miembros de un grupo minoritario y cuya circunstancia de discriminación y marginación se ve agravada debido a su orientación sexual, identidad y/o expresión de género.
Recordemos que recientemente, el 25 de noviembre, se conmemoró el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Desde 1981, militantes y activistas en favor del derecho de la mujer observaban esta fecha como un día de protesta y conmemoración contra la violencia que sufre la población femenina. La fecha fue elegida en memoria del brutal asesinato en 1960 de las tres hermanas Mirabal, activistas políticas de República Dominicana, por orden del dictador Rafael Leonidas Trujillo, quien gobernó el país desde 1930 hasta 1961.
Según las Naciones Unidas “en la actualidad, la violencia contra las mujeres y las niñas es una de las violaciones de los derechos humanos más extendidas, persistentes y devastadoras del mundo”.
En esta ocasión enfocaré mi análisis a la violencia hacia las mujeres lesbianas. Existe una situación de violación de derechos humanos debido a la negación e impedimento del disfrute de sus derechos fundamentales. En el caso de las mujeres lesbianas que se ven afectadas por diversos tipos de violaciones de derechos humanos, entre ellos el no reconocimiento de su derecho al matrimonio y a la protección de su familia homoparental.
La violencia intragénero no está incluida en la Ley de las mujeres a una vida libre de violencia. A pesar de ser una realidad, las parejas integradas por mujeres lesbianas también experimentan situaciones de violencia. Al momento en que se presentan no son consideradas en el marco de esta legislación dado que en esta ley el agresor debe ser de sexo/género masculino. Por ende, existe en vacío en la ley al no contemplar este tipo de violencia que es atendida bajo otras categorías como alteraciones a la convivencia ciudadana; es decir, casos de “riñas”, desorden u otro similar.
Con la violencia laboral muchas veces pasa inadvertida debido a la dificultad para demostrar su existencia. Puede consistir en la no contratación por ser lesbianas. En otras ocasiones se recurre a despidos injustificados bajo excusas de finalización de contratos, en otras se les impide el ascenso a mejores posiciones, se pueden dar situaciones de cambios o reasignación o no asignación de tareas, entre otras medidas que frenan el disfrute de un ambiente laboral adecuado.
Violencia sexual es usualmente ejercida por familiares o allegados quienes consideran que se trata de una desorientación o confusión y piensan que a través de “violaciones correctivas” se podrá modificar la orientación sexual de la mujer lesbiana.
También existe la violencia institucional a la que se enfrentan las mujeres lesbianas al no encontrar en las personas que están al frente de las instituciones la colaboración necesaria para recibir y procesar denuncias de violencia por razón de su orientación sexual. Algunos funcionarios se excusan detrás de la ignorancia o a la ausencia de un marco legal de protección a las mujeres lesbianas y de sanciones a este tipo de delito.
Asimismo, la violencia médica. Muchas veces las mujeres lesbianas son maltratadas en las consultas ginecológicas luego de revelar su orientación sexual. Son víctimas del rechazo por doctores que anteponen su homofobia a la ética profesional con la que deben actuar.
Y está la violencia mediática en la que la nula representación de las mujeres lesbianas en los medios de comunicación no contribuye a desmontar la imagen que de ellas se tiene. Es decir, la imagen de la mujer lesbiana masculinizada que no refleja la diversidad real. Por otro lado, se muestra a la mujer lesbiana como una fantasía sexual para hombres heterosexuales. Mostrar estas imágenes sesgadas de las mujeres lesbianas puede considerarse como violencia mediática.
Escrito para Alternos.la 

miércoles, 15 de marzo de 2017

Estado venezolano toma nota


Estado venezolano toma nota

Esta fue la respuesta del Estado venezolano a dos de un total de cuatro recomendaciones de tres países España, Israel y Sudáfrica en materia de derechos humanos a personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex  (LGBTI) en el país durante el segundo ciclo del Examen Periódico Universal que se llevó a cabo en noviembre de 2017 en Ginebra. Mientras que aseguró estar implementando las otras dos recomendaciones recibidas y, además, expresó en el informe que presentaron al Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, un compromiso voluntario a este respecto.

Primeramente, España, en su recomendación número 5 instó a “Que el gobierno garantice el respeto y la protección a las personas LGBTI a través de medidas como la despenalización de las relaciones homosexuales en las FFAA y de seguridad; el reconocimiento de las parejas del mismo sexo y el derecho a la identidad de las personas Transgénero.” A esta recomendación el estado venezolano solo dice: “toma nota”

Por su parte, Israel dedicó dos de sus cuatro recomendaciones a este tema. En primer lugar alentó al estado venezolano para “Adoptar medidas para asegurar que las personas puedan cambiar su género legalmente reconocido sin cirugía de reasignación genital.” A esta recomendación el estado venezolano solo dice: “toma nota”

Lenguaje diplomático

Para el primer ciclo del Examen Periódico Universal los Estados evaluados podían responder a las recomendaciones de sus pares con “aceptado” o “rechazado”. Estas respuestas fueron modificadas para este segundo ciclo dado que los Estados no pueden negarse a cumplir con sus obligaciones en materia de Derechos Humanos.  De tal manera que  se adoptó el uso de “aceptado” o “toma nota”- No obstante,  el Estado venezolano optó por responder con:   

I. “Recomendaciones que cuentan con el apoyo del Estado venezolano porque han sido implementadas.  
II. “Recomendaciones que cuentan con el apoyo del Estado venezolano porque ya se están implementando”.
III. “Recomendaciones que cuentan con el apoyo del Estado venezolano porque serán implementadas”
IV. “Recomendaciones sobre las cuales el Estado venezolano toma nota”
V. “Recomendaciones que no cuentan con el apoyo del Estado venezolano”

Tomar nota significa, de alguna manera, no aceptar las recomendaciones. Es lamentable que el Estado haya tomado nota de las recomendaciones de España e Israel que buscaban proteger el derecho a la identidad de las personas trans; despenalizar las relaciones entre personas del mismo sexo en las fuerzas armadas y el reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo, pues de haber sido aceptadas y posteriormente implementadas Venezuela estaría dando un paso para garantizar la igualdad de las personas LGBTI.

De esta manera se expresa verbalmente, lo que hemos visto en la práctica desde hace 17 años. Un discurso político que solo busca engañar al hablar de inclusión de las personas LGBTI pero solo para utilizarlos, pero que niega e impide la inclusión legal y, por ende, el reconocimiento pleno de derechos.      

“El gobierno miente, no importa cuando leas esto” @LuisCarlos
En segundo lugar Israel recomendó, “Prevenir todas las formas de discriminación, especialmente la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género, garantizando la igualdad de trato, en particular en las escuelas, los servicios de salud y las fuerzas armadas.”

Mientras que Sudáfrica  en su tercera y última recomendación pidió “Intensificar sus acciones para garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género y/o expresión de género.” 

A estas recomendaciones el Estado venezolano respondió “ya se están implementando”. Por eso recuerdo lo escrito por Luis Carlos Díaz en su cuenta de Twitter. Este  Gobierno miente, siempre y sin pudor alguno.

Asegurar que ya se están implementando medidas para prevenir la discriminación por orientación sexual es una desfachatez. Especialmente, cuando no existe una ley amplia contra la discriminación que sancione todos los tipos de discriminación y que incluya el derecho a la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad y expresión de género, ni sanciones contra los responsables de estos actos. No se ha implementado por el Estado una campaña educativa de prevención de la discriminación.

Por el contrario, desde el 2012, el propio Nicolás Maduro, entonces canciller inició e incitó el uso de la homosexualidad como elemento para descalificar en el plano político, lo cual ha sido imitado por ministros, alcaldes, la anterior jefa de distrito Capital, entre otros miembros del gobierno. Aderezado por chistes, comentarios con doble sentido, uso de tubérculos y demás en sus  largas alocuciones. Denuncias que presentamos en 2015 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.     
      
No existe un programa de educación sexual en las escuelas con enfoque de género y visión de derechos humanos. No existen planes para la prevención del acoso escolar por ninguna razón.
Persiste en el Código Orgánico de Justicia Militar el artículo 565 que penaliza las relaciones entre personas del mismo sexo en las Fuerzas Armadas.

Se sigue negando a las personas del mismo sexo la posibilidad de contraer matrimonio. Se sigue negando a homosexuales realizar donaciones de sangre. Se sigue discriminando a las mujeres lesbianas en servicios ginecológicos.

En fin, es muy larga la lista de derechos que aún siguen sin ser reconocidos a las personas LGBTI en Venezuela, lo cual hemos denunciado en organismos internacionales de DDHH desde el año 2011 en varios informes.

El Estado venezolano se compromete a… ¿a qué exactamente?

Por último, el estado venezolano menciona en su informe un compromiso voluntario que dice: “Adoptar instrumentos normativos y mecanismos especializados para garantizar la igualdad y no discriminación por orientación sexual identidad de género o expresión de género”.

Eh, a ver, un momento. No entiendo. ¿Eso qué significa? ¿Cómo se traduce eso? Pero vale, esa fue la manera más diplomática de decir. “No sabemos qué hacer, y muy probablemente no haremos nada ”.

Es realmente lamentable la falta de compromiso del estado en esta materia. Mientras que miles de familias homoparentales siguen sin protección legal; cientos de personas trans son asesinadas; decenas de niños se suicidan por el acoso que sufren en sus escuelas por su identidad o expresión de género. Mientras miles de profesionales son discriminados en sus lugares de trabajo por su orientación sexual; el estado venezolano toma nota, miente y no sabemos exactamente a qué se compromete.  

 Si desean leer los informes que hemos entregado en los Organismos Internacionales de Derechos Humanos les recomiendo visitar la página web de Unión Afirmativa y/o el de la Red LGBTI de Venezuela.   



miércoles, 23 de noviembre de 2016

Estados recomiendan a Venezuela reconocer derechos a LGBTI

Durante el dialogo interactivo del Examen Periódico Universal realizado el 1 de noviembre de este año 2016 en Ginebra tres países hicieron recomendaciones al estado venezolano sobra la necesidad de reconocimiento de derechos a las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI) en el país suramericano.
Primeramente, España, en su recomendación número 5 instó a “Que el gobierno garantice el respeto y la protección a las personas LGBTI a través de medidas como la despenalización de las relaciones homosexuales en las FFAA y de seguridad; el reconocimiento de las parejas del mismo sexo y el derecho a la identidad de las personas Transgénero.”

Por su parte, Israel dedicó dos de sus cuatro recomendaciones a este tema. En primer lugar alentó al estado venezolano para “Adoptar medidas para asegurar que las personas puedan cambiar su género legalmente reconocido sin cirugía de reasignación genital.” En segundo lugar, “Prevenir todas las formas de discriminación, especialmente la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género, garantizando la igualdad de trato, en particular en las escuelas, los servicios de salud y las fuerzas armadas.”
Mientras que Sudáfrica  en su tercera y última recomendación pidió “Intensificar sus acciones para garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género y/o expresión de género.”  

En 2011, durante el primer ciclo del Examen Periódico Universal el Estado venezolano admitió no haber realizado acciones en esta materia. Para ese entonces solo Canadá elaboró una recomendación al Venezuela, ésta instaba al Estado a seguir “consolidando tanto en la ley como en la práctica, los derechos de personas con orientación sexual e identidad de género diferentes”. No obstante, esta recomendación jamás fue implementada. Por lo tanto, lo único que los representantes del estado mencionaron como avance en este tema fue la creación del Consejo Presidencial del Poder Popular para la sexo-diversidad, un ente adscrito a la Presidencia de la República cuyas actividades y resultados son desconocidos para los venezolanos. Se mencionó igualmente las mesas de trabajo entre Grupos de activistas y organizaciones LGBTI y CONATEL que tan solo produjo un exhorto a los medios de comunicación para concienciar sobre la discriminación a las personas LGBTI en los medios de comunicación; y la Magistrada Carmen Zuleta mencionó la admisión del Recurso de nulidad del artículo 44 de Código Civil que permitiría el matrimonio igualitario en el país. 
 
Estas recomendaciones vienen a sumarse a las ya realizadas por la Comisión Interamericana de DDHH en 2015, el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales y el Comité de Derechos Humanos en el mismo año; anteriormente, el Comité  de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y el Comité para los Derechos del Niño hicieron lo propio en 2014.

El Comité de Derechos Humanos, recomendó al Estado adoptar una legislación amplia e integral dirigida a prohibir la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género. Igualmente en 2015, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, advirtió la ausencia de un marco legal integral de lucha contra la discriminación que considerara todos los criterios establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, durante el 3er examen periódico de Venezuela, recomendando al Estado agilizar la elaboración y adopción de una legislación que garantizase una protección suficiente con incorporación de los motivos de discriminación por orientación sexual e identidad de género.

En 2014, el Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, recomendó también al Estado adoptar las disposiciones legales necesarias para proteger a las mujeres de la discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género.

El Comité de Derechos Humanos por otra parte manifestó en 2015, preocupación por la discriminación y actos de violencia contra personas por su orientación sexual o identidad de género, que comprendía el asesinato, ante lo cual recomendó al Estado redoblar sus esfuerzos para combatir los estereotipos y prejuicios contra las personas LGBTI y garantizar de manera eficaz la prevención, investigación, procesamiento y sanción de estos actos, con penas apropiadas. 

Del mismo modo, en el 3er examen periódico de Venezuela ante el Comité de Derechos del Niño, éste observó que las leyes específicas contra la discriminación no se habían traducido en una mayor protección de los niños, niñas y adolescentes por su orientación sexual e identidad de género, aunado a la falta de información sobre las medidas adoptadas. El Comité recomendó llevar a cabo una evaluación de las leyes, políticas y programas aplicadas para proteger a niños, niñas y adolescentes LGBTI, con indicadores para medir sus logros; prevenir todas las formas de discriminación de los niños, niñas y adolescentes por orientación sexual e identidad de género; garantizar en la legislación y en la práctica, la prohibición de estos tipos de discriminación y su debida sanción; y establecer un mecanismo de denuncia eficaz para monitorear y resolver los casos de discriminación en centros educativos y reclusión de menores, instituciones de cuidado alternativo y otros entornos. 

A su vez, en 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) instó al Estado venezolano adoptar una ley de identidad de género no patologizante; investigar con debida diligencia los delitos cometidos contra personas LGBT y profundizar las medidas estatales, incluyendo políticas públicas, en favor de personas LGBT y sus defensores.     


Quiteria Franco  

martes, 22 de noviembre de 2016

“El cambio no es imposible después de todo”

Salón XX Palais de Nations. ONU. Ginebra, Suiza. 

La semana de incidencia sobre el EPU en octubre de 2016 estuvo acompañada por defensores de derechos humanos de tres continentes diferentes

En octubre de 2016, defensores de derechos humanos de Zimbabwe, Lituania y Venezuela acudieron a Ginebra durante una semana de incidencia[1] en torno al Examen Periódico Universal (EPU). La semana fue organizada por ILGA en cooperación con COC Países Bajos y tuvo lugar alrededor de las pre-sesiones del EPU organizadas por UPR-Info.

La semana inició con una sesión de capacitación en incidencia  sobre el EPU: los cuatro defensores de derechos humanos se reunieron en la oficina de la ILGA para recibir asesoramiento sobre cómo involucrarse mejor con las misiones diplomáticas, revisar las recomendaciones que harían o no, sus declaraciones antes de las Pre-Sesiones de la “UPR-Info”.

Sede de ILGA, Ginebra, Suiza. 


A poca distancia de la parada de autobuses, era el momento de la ceremonia ritual inaugural frente al Palacio de las Naciones, y la semana realmente se puso en marcha. Los defensores de derechos humanos inmediatamente comenzaron a comprometerse con las misiones diplomáticas, reunirse con representantes del gobierno e informarles sobre los asuntos relacionados con la Orientación sexual, identidad y expresión de género y características sexuales (SOGIESC por sus siglas en inglés) en sus países.

Entrada principal de Palais des Natiions, ONU. Ginebra. 


El propósito de esta visita es participar en las pre-sesiones al EPU y ponerme en contacto con las misiones: (Quiteria Franco, Unión Afirmativa, Venezuela)

Los defensores de derechos humanos tuvieron la oportunidad de entablar conversaciones con muchos países en muy poco tiempo y de hacer directamente su propia contribución al examen sobre la situación de los derechos humanos en su país.

Nuestro tiempo no fue desperdiciado en absoluto. La ILGA también solicitó reuniones con misiones que no estaban en su lista sugerida, simplemente porque la pedimos. Tomaron en consideración nuestras aspiraciones en términos de lo que estábamos solicitando. (Humphrey Ndondo, Sexual Rights Centre – SRC, Zimbabwe).



Hacer oír sus voces, hacerle saber a los estados lo que realmente está sucediendo en el terreno y hacer copias de seguridad de informes y documentos con realidades vivas era lo único que importaba.

Es con historias personales que los defensores de los derechos humanos pueden explicar mejor que muchas personas en todo el mundo no están pidiendo “derechos especiales”, sino simplemente disfrutar de los mismos derechos humanos que cualquier otra persona. Es tan simple como eso. Y estas historias son poderosas.

Ustedes nos inspiran. Nos transmiten la inspiración y la pasión para que podamos defender esta causa, dijo un diplomático de un estado latinoamericano.



Defensores de derechos humanos de Zimbabue y Venezuela también participaron en las Pre-sesiones del EPU de su país, haciendo presentaciones ante representantes gubernamentales junto con otros abogados que trabajan para ver más preocupaciones de derechos humanos abordadas.

Estos son los defensores de los derechos humanos que han estado involucrados en esta semana de incidencia política previa al EPU:

Tomas Vytautas Raskevičius (Lithuanian Gay League – LGL , Lituania)

Quiteria Franco (Union Afirmativa, Venezuela)

Diana Mailosi (GALZ, Zimbabue)
Humphrey Ndondo (Sexual Rights Centre – SRC, Zimbabue)
Fue realmente un tiempo agitado para ellos, pero fueron capaces de construir un equipo increíble en sólo unos días.



La oportunidad de reunirse con otros activistas que vienen aquí desde un contexto diferente, y tratar de entender sus experiencias, cómo están haciendo su trabajo, intercambiar consejos y darnos esperanza mutua ha sido una gran experiencia. A veces vienes de un contexto muy hostil, y piensas que las cosas nunca van a estar bien. Y luego te encuentras con activistas de países que eran hostiles en algún momento, y a veces eso te hace sentir que tal vez el cambio no es imposible después de todo. (Diana Mailosi, GALZ, Zimbabwe)



Con más de 25 reuniones con misiones y con un equipo tan fuerte y comprometido de defensores de derechos humanos, esta ha sido definitivamente una semana de incidencia sobre el EPU para recordar.

Este grupo de defensores fue muy especial: creo que todos se entendieron muy bien, y eso ayudó a construir no sólo un ambiente de trabajo efectivo, sino también un sentido de un movimiento más fuerte y más amplio para la igualdad. (Diana Carolina Prado Mosquera, UN Programme officer, ILGA)

¡Y ciertamente no faltaron ocasiones para construir equipos!



A lo largo de la semana, ILGA ha estado allí junto a los defensores de derechos humanos para apoyarlo y compartir sus estrategias de defensa e incidencia.

Esta semana ha sido muy alentadora, profesionalmente: he aprendido y desarrollado mucho como un activista. (Tomas Vytautas Raskevičius, Lithuanian Gay League – LGL , Lituania)

“”Nos sentimos como si tuviéramos un socio en cada etapa“, comentó uno de los defensores involucrados. “Los recursos que ILGA compartió con nosotros fueron realmente valiosos, porque a veces no somos conscientes de que esos recursos incluso existen. Esto es muy importante para nosotros, porque podremos usarlos una vez que regresemos a casa.”

Y de hecho su trabajo ahora continúa en casa. Los defensores de los derechos humanos participarán en más reuniones con las embajadas, alentando a los gobiernos a formular recomendaciones. Sus países serán revisados en las Naciones Unidas el 1 y 2 de noviembre. Todos estaremos observando para ver qué recomendaciones se hacen. Entonces comienza la tarea crucial de usarlos para ayudar a lograr el cambio necesario. El apoyo de ILGA continúa durante todo este proceso.

¡Hasta el próximo año!




[1] Cada año, los gobiernos del mundo se reúnen en la ONU en Ginebra para revisar el historial de derechos humanos de un nuevo pequeño grupo de países y hacerles recomendaciones.

Por lo tanto, ILGA también organiza “UPR Advocacy Weeks” para coincidir con el período crucial en el período previo a las revisiones. Durante estos días, las ONG se reúnen con países de todo el mundo en Ginebra, aprovechando la oportunidad para compartir en detalle la situación de los derechos humanos sobre el terreno y las recomendaciones que les gustaría que estos países hicieran a sus propios gobiernos.

Durante estas semanas de promoción, el equipo de ILGA, esta vez junto con el socio COC Países Bajos, ayuda a los defensores de los derechos humanos en la preparación de las declaraciones orales y los resúmenes que se entregarán durante las pre-sesiones, facilita reuniones con las misiones diplomáticas y asesora sobre cómo hacer incidencia política estratégicamente en Ginebra.

Fuente: ILGA.ORG

Traducción: Quiteria Franco

viernes, 25 de septiembre de 2015

Informe situación de DDHH de LGBTI ante Naciones Unidas.

Entre el 29 y 30 de junio de 2015, el Estado venezolano rindió examen ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). Para ello, el Estado venezolano presentó un informe al respecto, pero no ofreció información sobre los derechos civiles y políticos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales (LGBTI), y tan sólo se refirió a las pocas acciones realizadas por la Defensoría del Pueblo.

En consecuencia, la Red  LGBTI de Venezuela envió al Comité un informe alternativo para ser considerado durante la evaluación al Estado venezolano sobre el cumplimiento del PIDCP. El informe de la Red LGBTI ofrece información sobre los derechos a la no discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género, las medidas para hacerlos efectivos y el acceso a recursos para su defensa (Artículo 2); las situaciones de tortura, penas, tratos crueles, inhumanos y degradantes, y detenciones arbitrarias de personas LGTBI (Artículos 7, 9 y 10); el derecho a la personalidad jurídica de las personas trans e intersex (Artículo 16); el derecho a la libertad de expresión, la apología al odio nacional por homofobia y transfobia, y el derecho a la reunión pacífica de las personas LGBTI (Artículos 19, 20 y 21); y el derecho a la protección de parejas y familias del mismo sexo (Artículo 23.1).

El informe de la Red LGBTI de Venezuela presenta una serie de recomendaciones a la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, para que éste a su vez inste al Estado venezolano a la adopción de medidas necesarias para que las personas LGBTI en Venezuela ejerzan sus derechos civiles y políticos  en un ambiente real de verdadera igualdad y equidad.  

Este examen periódico a cargo del Comité de Derechos Humanos integrado por expertos independientes, fue creado por el Pacto para monitorear y contribuir a la implementación de los derechos civiles y políticos por parte de los Estados miembros, quienes se han comprometido  frente a la comunidad internacional a garantizar estos derechos.

La Red LGTBI de Venezuela está  dedicada a la defensa de los derechos humanos de lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales  en nuestro país.  

Leer Informe completo

martes, 4 de agosto de 2015

Estado venezolano vs personas LGBTI: Comité DESC de la ONU

El 2 y 3 de junio de 2015 el Estado venezolano debió responder a las preguntas del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas en el marco del examen a Venezuela sobre el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Entre los derechos que se evalúan en este examen se encuentran, el derecho a la educación; el derecho a la salud y a la seguridad social; el derecho a un nivel de vida adecuado, libre de la pobreza y del hambre; el derecho al trabajo, a condiciones laborales equitativas y a la libertad sindical; los derechos ambientales; así como el derecho a la igualdad de hombres y mujeres, y a la no discriminación de los pueblos indígenas, niños, niñas y adolescentes, mujeres, personas en cárceles, personas LGBTI y personas con alguna condición de salud, entre otras, del pleno goce de estos derechos.
El Estado venezolano presentó su Tercer Informe Periódico en el año 2012 y respondió por escrito a las preguntas formuladas por el Comité en el 2015. Las organizaciones de la sociedad civil venezolana, a las que Naciones Unidas reconoce como referentes fundamentales en la revisión de las respuestas del Estado, también han planteado sus preocupaciones al Comité mediante informes alternativos.
Entre las organizaciones y coaliciones que presentaron información al Comité se encuentran Foro por la Vida, Fenasopadres, Padres Organizados, Asamblea de Educación, Redhnna, Observatorio Venezolano de la Salud, Fundación Bengoa, Ciaal, Codevida, Provea, Fundación Aguaclara, Espacio Público, Transparencia Venezuela, Observatorio Venezolano de Prisiones, Venezuela Diversa, Cepaz, Avesa, Freya y Ghendu. Sus informes pueden leerse en la página www.examenonuvenezuela.com y en la página del Comité de Derechos Económicos y Sociales y Culturales de las Naciones Unidas.
La delegación venezolana estuvo conformada por 35 personas con Ricardo Menéndez como el jefe de la Delegación. Entre los miembros de la delegación estaban Larry Davoe Secretario nacional del Consejo Nacional de derechos Humanos, Danilo Mujica, magistrado del TSJ, Sandra Oblitas vicepresidenta del CNE, Rubén Molina director de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Gladys Requena, Ministra del PP para la mujer y la equidad de género, Isabel Yekuana Martínez, viceministra de la mujer, Elio Colmenares, viceministro laboral, Asia Villegas, viceministra de salud, entre otros.
La sesión inició con la presentación del informe del estado por parte de Ricardo Menéndez. Seguidamente, los miembros del Comité DESC formularon varias preguntas al estado.
¿Qué preguntaron los miembros del comité en relación con los derechos de las personas LGBTI?
¿Existe en Venezuela alguna norma o ley que prohíba la discriminación por razón de orientación sexual?
Respuestas del estado sobre derechos de LGBTI
Respuestas del estado:
La encargada de responder a las preguntas del Comité sobre derechos de personas LGBTI fue Gladys Requena, quien es la Ministra del PP para la Mujer y la equidad de género.
Lo que dijo Gladys Requena:
Tenemos por aquí el tema sobre la comunidad sexodiverso. La pregunta concreta es que si en Venezuela existe alguna norma que prohíba, alguna norma que prohíba o que discrimine pues por, por, en razón de orientación sexual a la gente. No, le podemos decir que no existe. Nuestra constitución en su artículo 22 en sus numerales 1, 2. Uno y dos puntualmente, donde señalan todo el tema de la no discriminación y señala la obligación del estado en dictar medidas positivas que garanticen la no discriminación de la población sexodiverso. Es verdad que no tenemos una ley en particular que lo señale, que oriente. Ese debate está abierto en nuestro país. El propio Presidente de la República en el pasado Congreso Nacional de las Mujeres donde las organizaciones de base de las mujeres fundamos una organización denominada la Unión Nacional de Mujeres, nosotras allí cuando nos juramentamos dijimos que íbamos a conformar esa organización con el propósito desde la organización de base ejercer el gobierno de las mujeres al lado, en el Consejo Presidencial pero también la organización popular, allí el Presidente de la República dejó abierto un debate sobre el tema de la sexodiversidad y también dejó abierto un debate sobre el tema del aborto. Y convocó a que lo diéramos sin ningún tipo de restricciones. El máximo líder de la revolución bolivariana es el mejor referente precisamente para que el pueblo de Venezuela asuma el debate nacional abierto en estos dos aspectos, pero existen algunos textos legales ya que precisamente por aplicación del artículo del artículo 22 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela sin que exista una ley especial aún, este, existen un conjunto de leyes, una que precisamente, que incluyen disposiciones de prohibición de discriminación de personas de la sexodiversidad. Una es la ley Plan de la Patria 2013-2019. Ese documento que es el plan de desarrollo económico y social de la nación venezolana para el 2013-2019 contempla un conjunto de objetivos estratégicos, objetivos generales, vinculados a sus objetivos históricos que prohíbe, que consagran disposiciones que prohíben la discriminación de personas de la sexodiversidad. También tenemos la Ley para la regularización y control de los arrendamientos de vivienda donde en esa ley especial recientemente promulgada, hará unos tres años en Venezuela, en esa ley se establecen criterios que permitan que las personas del mismo sexo que lleven convivencia puedan optar, tienen el derecho a la vivienda y pueden ser adjudicados. También está la Ley Orgánica del poder popular establece disposiciones que prohíbe la discriminación por razones de la sexodiversidad. La Ley para a promoción y protección de las personas que viven con VIH o Sida y sus familiares recientemente reformada en Venezuela también contiene disposiciones de esa índole. La Ley Orgánica de Registro Civil contiene disposiciones de esa índole y el Plan estratégico para la igualdad y equidad de género Mama Rosa que es el que les mostré primero en nuestro plan de igualdad y equidad de género también contiene disposiciones en esa dirección. De tal manera que el mandato constitucional ha sido recogido en un conjunto de disposiciones y sin duda nosotras y nosotros reconocemos que es un reto que debemos superar entendiendo que debemos seguir combatiendo los estereotipos de género que siguen arraigados en nuestra sociedad y en todas las sociedades del mundo. Eso no es imputable solo a la sociedad venezolana. En este sentido en el marco del espíritu auto-crítico que nos caracteriza en la revolución bolivariana sabríamos agradecer las recomendaciones que en esta materia tenga a bien realizarnos este comité que nos puedan ayudar a realizar los cambios estructurales que esta materia demanda. De esta manera considero vicepresidente si hay algún otro elemento que no haya satisfecho las preguntas realizadas por este honorable Comité queda entonces concluida la participación del Ministerio del Poder Popular para la Mujer, órgano rector de políticas públicas en materia de derechos de la mujer del gobierno revolucionario de la República Bolivariana de Venezuela.
Mis comentarios y opinión sobre lo expresado por Gladys Requena.
Primero, es vergonzoso que una Ministra no maneje bien la Constitución de la República. Nadie puedo soplarle al oído que el artículo que prohíbe la discriminación es el 21 y no el 22 como repetía sin cesar. Habla de la existencia un debate, uno realmente no sabe dónde es que se dan esos debates, deben ser esas peroratas que se dan por televisión que llaman debates pero que en realidad son monólogos.
Requena menciona el cuento del 8 de marzo sobre lo que dijo el Presidente Maduro en un escenario y un ambiente proselitista y que cuatro meses más tarde aún no se traduce en nada concreto.
Sobre las leyes que menciona Requena, todas esas leyes carecen de instrumentos que permitan su implementación y/o aplicación, lo cual ha sido reconocido por la Defensoria del Pueblo. De igual manera, aunque ya he hecho un análisis de esas leyes, aquí les menciono algunos detalles más.
Plan de la Patria: la “no discriminación” aparece una sola vez en todo el documento en el punto 2..2.4.2 y no precisamente para prohibir la discriminación como mencionó Requena sino para ser tomada en cuenta y ser incluida en los planes y políticas públicas.
Ley para la regularización y control de los arrendamientos de vivienda. Esto dice el ARTÍCULO 5. La regulación jurídica y las políticas públicas en materia de arrendamiento, persiguen como fines supremos: Parágrafo 8.
Prohibir la discriminación y brindar protección a quienes se encuentren en especial situación de vulnerabilidad, o susceptibles de ser discriminados o discriminadas por: orientación sexual, identidad de género, origen étnico, preferencia política y religiosa, condición económica, estado civil, edad, clase social, estado de salud y condición física, entre otros.
En la práctica, esto no impide que a las parejas no heterosexuales se les niegue el alquiler de una habitación, anexo, apartamento o casa. Ni que sean echados a la calle debido a su orientación sexual o identidad de género. Habría que consultar a los adolescentes o adultos jóvenes trans que han sido expulsado de sus hogares originarios (familia) y/o rentados debido a su orientación sexual, identidad o expresión de género sobre la aplicabilidad de este artículo.
LEY DEL PODER POPULAR (2010). Capítulo I. Disposiciones generales. Finalidad:
Artículo 4. El Poder Popular tiene por finalidad garantizar la vida y el bienestar social del pueblo, mediante la creación de mecanismos para su desarrollo social y espiritual, procurando la igualdad de condiciones para que todos y todas desarrollen libremente su personalidad, dirijan su destino, disfruten los derechos humanos y alcancen la suprema felicidad social; sin discriminaciones por motivos de origen étnico, religioso, condición social, sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género, idioma, opinión política, nacionalidad u origen, edad, posición económica, condición de discapacidad o cualquier otra circunstancia personal, jurídica o social, que tenga por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y garantías constitucionales.
Repito, muy bien esta ley. ¿cómo se aplica?
Ley para a promoción y protección de las personas que viven con VIH o Sida y sus familiares. Menciona Requena que esta ley fue “recientemente reformada”. Nuevamente, muestra su desconocimiento, esta ley fue aprobada en la AN en agosto de 2014 y promulgada en diciembre del mismo año, apeas hace siete meses. Aún carece de un reglamento para su implementación. Las personas de la “comunidades de sexo diverso” como los menciona la ley solo aparecen bajo la categoría de “grupos vulnerables”.
LEY DE REGISTRO NACIONAL (2009)
De la Rectificación, Inserciones, Notas Marginales, Reconstrucción de Actas y Certificaciones
Cambio de nombre propio
Artículo 146. Toda persona podrá cambiar su nombre propio, por una sola vez, ante el registrador o registradora civil cuando este sea infamante, la someta al escarnio público, atente contra su integridad moral, honor y reputación, o no se corresponda con su género, afectando así el libre desenvolvimiento de su personalidad. Si se tratare de niño o niña, el cambio se efectuará mediante solicitud del padre, madre o representante; si es adolescente mayor de catorce años podrá solicitar personalmente el cambio de nombre propio; una vez alcanzada la mayoría de edad podrá volver a solicitar el cambio de nombre por una sola vez. En los casos de colocación familiar de niños, niñas y adolescentes, no se permitirá el cambio de nombre propio sin autorización judicial previa. El registrador y registradora civil procederá a la tramitación del cambio de nombre propio, mediante el procedimiento de rectificación en sede administrativa.
Nuevamente, la Ministra Requena menciona mal una Ley y además dicho instrumento legal no habla de discriminación. Tal como lo mencionamos en una entrada anterior sobre la constitución, desde la aprobación de esta ley no se conoce de ningún caso de personas trans a quien se le haya realizado el cambio de nombre para que concuerde con su identidad y expresión de género. La activista Trans Rummie Quintero ha manifestado enérgicamente en varias oportunidades, en el año 2011, en el 2013, 2014 y 2015 solicitando el reconocimiento de su identidad y cambio de nombre y el de todas las personas trans en Venezuela. También la abogada Tamara Adrián espera desde hace más de 10 años respuesta a un recurso que introdujo en el TSJ solicitando el reconocimiento de su identidad.
Finalmente, el Plan Mamá Rosa, también lo mencioné en otro escrito. La activista Rummie Quintero hizo una denuncia de cómo sus propuestas favorables para las mujeres trans fueron excluidas de dicho plan.
Comunicado de divas de Venezuela. Marzo, 2015.
Comunicado de divas de Venezuela. Marzo, 2015.
Mentiras, mentiras y más mentiras. Los funcionarios del estado lo que presentaron ante la ONU han sido informaciones falsas, contradictorias por decir lo menos. Solo basta contrastar la información con la realidad de nuestro país.
Lo único rescatable de la intervención de Requena, es su honestidad al solicitar al Comité recomendaciones sobre este tema, que de más está decir no conocen pero que tampoco parecen preocuparse por aprender, o por lo menos hacer la tarea bien y no ir a un escenario internacional a pasar pena.
Aquí les dejo el video con la intervención de Gladys Requena, Ministra para la Mujer.