sábado, 14 de noviembre de 2015

¿Qué pasó con la firmas de apoyo al Matrimonio Igualitario en Venezuela?


En conversación con el Señor Cesar E. Alvarado S, Director de la Oficina Nacional de Registro Electoral del Consejo Nacional Electoral, pudimos saber, aunque de manera verbal, que el número de firmas entregadas para acompañar el proyecto de Ley de Modificación Parcial del Código Civil venezolano, mejor conocido como “Matrimonio Igualitario” fue insuficiente. Es decir, no se cumplió con el 0,1% del total de electores inscritos en el Registro Electoral establecido en el artículo 204 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para así poder activar la discusión del Proyecto ante Asamblea Nacional.

En enero de 2014, se entregaron en la Asamblea Nacional de Venezuela más de 20 mil firmas recabadas a nivel nacional por más de 40 organizaciones de la sociedad civil para respaldar el proyecto de ley de modificación parcial del Código Civil venezolano con el fin de ampliar el derecho al Matrimonio a las personas del mismo sexo, popularmente conocido como el proyecto de Matrimonio Igualitario en Venezuela.

Para el año 2013, según datos oficiales del CNE había un total de 19.066.431 electores inscritos, es decir, que se debía entregar al menos 19 mil firmas (0,1%). Aunque desconocemos el número exacto de firmas entregadas, según la organización responsable de sistematizar y totalizar el proceso, Venezuela Igualitaria, el número de firmas que se entregó supera las 20 mil. Es decir, que, en teoría, se superó el número requerido.
Mucho se ha reclamado y resaltado que la AN se ha negado a discutir el mencionado proyecto. No obstante, no habíamos tenido una respuesta clara y precisa sobre lo sucedido con las firmas. Dado que, en teoría, las firmas debían ser verificadas por el Consejo Nacional Electoral, para así poder darse la discusión en la AN.

Luego de varios meses de vistas y llamadas semanales al despacho del Sr. Cesar Alvarado nos informó que no podía entregarnos las cifras exactas de las firmas entregadas y las que, en efecto, fueron validadas, así como aquellas que presentaron inconsistencias, dado que el informe final debía ser discutido por la Comisión de Registro Civil y Electoral la cual preside la Rectora Sandra Oblitas. A pesar de que la Comisión se reunió varias veces durante los meses de mis visitas, el punto nunca se incluyó en agenda, esto según lo informado por el funcionario.

Ante mi pregunta de porque no se había entregado antes ese resultado respondió que los representantes de la organización con la que se había estado reuniendo, entiéndase Venezuela Igualitaria, dejaron de ir a solicitar la información y que la última vez que habían ido había sido más o menos en diciembre de 2014.

Igualmente, indagué sobre la posibilidad de otorgar a las organizaciones un tiempo prudencial para poder re-activar el proceso de recolección de firmas requeridas, respondió que él particularmente, haría esa sugerencia ante la Comisión, pero que quedaba a total consideración de ésta instancia. No obstante, agregó que de ser ese el caso, el padrón electoral a considerar sería el vigente para la fecha, es decir, el correspondiente al presente año 2015, y no al de 2013 cuando se inició el proceso.

Cabe destacar que Unión Afirmativa de Venezuela fue una de las organizaciones que participó de manera activa en la recolección de firmas desde mediados de 2013 y hasta 2014, razón por la cual como organización solicitante, nos decidimos indagar sobre el estatus de las mismas.

El primer contacto con autoridades del CNE tuvo lugar el pasado mes de junio de 2015 cuando, quien les escribe, Coordinadora General de Unión Afirmativa de Venezuela y de la Red LGBTI de Venezuela, coincidió con la Rectora Sandra Oblitas en Ginebra durante la evaluación al estado venezolano sobre el cumplimiento del Pacto sobre Derechos Civiles y Políticos en el país.
En dicho encuentro, le pregunté sobre dos aspectos: 1) la negativa de reconocimiento de la nacionalidad venezolana al hijo de Migdely Miranda y Giniveth Soto y 2) el estatus de las firmas entregadas en enero de 2014. Su recomendación en relación al segundo punto fue indicarme que debía acudir a las oficinas principales del CNE y contactar al Sr Cesar Alvarado, quien según ella me daría la información solicitada.

Tal como me lo recomendó, así lo hice, dos cartas, varias vistas, y varias llamadas telefónicas durante cinco meses, esa es la única respuesta que obtuve. Por tal motivo, me veo en la obligación de informar sobre lo sucedido, aunque no me hayan entregado la información por escrito, a pesar de la obligación de cada funcionario público de rendir cuentas a la sociedad civil que así lo demande tal como lo establecen el artículo 51, 62 y 143 de la Constitución. Sandra Oblitas, funcionaria pública, incumplió su deber legal de rendir cuentas a los electores.
Solicitud número dos

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